EL ESTADO SEGÚN LOS LIBERALES, CON FOCO EN JESÚS HUERTA DE SOTO

 Introducción

En el pensamiento liberal clásico, el Estado ha sido tradicionalmente concebido como un mal necesario, una institución limitada cuya única función legítima sería proteger los derechos individuales a la vida, la libertad y la propiedad. Esta concepción, heredera del contractualismo moderno y de la crítica ilustrada al absolutismo, dio lugar al ideal del Estado mínimo: un aparato político reducido a funciones estrictamente defensivas, judiciales y de seguridad. Sin embargo, en el seno del propio liberalismo surgieron corrientes más radicales que comenzaron a cuestionar incluso esa mínima justificación del poder estatal.

Uno de los exponentes contemporáneos más influyentes de este giro es Jesús Huerta de Soto, economista y filósofo político español adscrito a la Escuela Austriaca de Economía. Su propuesta anarcocapitalista no busca reformar al Estado ni reducir su tamaño: busca deslegitimarlo por completo, desmontarlo desde sus fundamentos epistemológicos, éticos y económicos. Para Huerta de Soto, el Estado no es un árbitro imparcial ni un garante del orden, sino un ente coercitivo por naturaleza, incompatible con la libertad humana y con el funcionamiento espontáneo del mercado.

Este documento examina las ideas fundamentales de Huerta de Soto sobre el Estado, articuladas en torno a seis ejes temáticos: desde su defensa del anarcocapitalismo frente al minarquismo, pasando por su crítica radical a la banca central y al dinero fiduciario, hasta su visión filosófica del poder como forma de agresión institucionalizada. Asimismo, se abordará su propuesta de un orden social basado en normas jurídicas emergentes del derecho privado, y su ideal de una comunidad global libre de fronteras y coerción estatal, sustentada en el comercio voluntario y la cooperación pacífica.

Más allá de su carácter polémico, el pensamiento de Huerta de Soto plantea preguntas fundamentales sobre la legitimidad del Estado, el origen del derecho y la posibilidad de una sociedad sin coerción sistemática, desafiando tanto a la teoría política dominante como a los liberales moderados. Este análisis no pretende adoptar una postura dogmática, sino ofrecer una exposición rigurosa de su modelo de sociedad libre, así como de las tensiones y paradojas que lo atraviesan.



1. ¿Estado mínimo o eliminación total?

Dentro del liberalismo clásico, desde pensadores como John Locke hasta economistas como Adam Smith, la función del Estado ha sido entendida como estrictamente limitada: garantizar la seguridad, impartir justicia y proteger la propiedad privada. Este modelo, conocido como minarquismo, parte de la idea de que el Estado es un instrumento necesario para evitar el caos y los conflictos, pero que debe ser cuidadosamente restringido para no invadir la esfera de la libertad individual.

Huerta de Soto comparte con los liberales clásicos el principio de que la libertad individual y la propiedad privada son valores supremos, pero rompe con ellos al rechazar incluso la legitimidad de ese Estado mínimo. Para él, cualquier forma de Estado implica necesariamente coerción, monopolio y violencia institucionalizada. Su propuesta se inscribe en el anarcocapitalismo, corriente que sostiene que los servicios tradicionalmente atribuidos al Estado —seguridad, justicia, infraestructura, defensa— pueden ser provistos de manera más eficiente y moral por mecanismos voluntarios y descentralizados de cooperación social.

La diferencia central entre ambas posturas puede resumirse en tres puntos:

  1. Legitimidad:
    • Para los minarquistas, el Estado limitado es legítimo porque protege derechos naturales.
    • Para Huerta de Soto, el Estado es ilegítimo en cualquier forma porque no puede surgir del consentimiento universal, sino de la imposición de unos sobre otros.
  2. Monopolio de la violencia:
    • El liberalismo clásico acepta el monopolio estatal de la fuerza como un mal necesario.
    • El anarcocapitalismo sostiene que la justicia y la seguridad deben ser gestionadas por agencias privadas en competencia, eliminando la prerrogativa violenta del Estado.
  3. Visión histórica:
    • El liberalismo clásico entiende el Estado mínimo como un avance frente al absolutismo.
    • Huerta de Soto lo ve como una estructura residual de dominación, llamada a desaparecer con el progreso de la civilización y el reconocimiento de la cooperación voluntaria como principio organizador de la sociedad.

En este sentido, su posición se aleja del liberalismo clásico y se aproxima más al anarcoliberalismo de Murray Rothbard, quien influyó decisivamente en su pensamiento. Ambos coinciden en que el mercado no es un simple mecanismo económico, sino un orden espontáneo capaz de autorregular la vida social sin necesidad de imposiciones externas.

La propuesta de Huerta de Soto supone, por tanto, una ruptura radical con la tradición liberal moderada: donde Locke o Smith veían al Estado como guardián de la libertad, él lo ve como su principal enemigo. De ahí que no hable de reducir el Estado, sino de superarlo y reemplazarlo por una sociedad de contratos voluntarios y derecho privado policéntrico.

2. El Estado como distorsión del mercado

Desde la perspectiva de Jesús Huerta de Soto, el Estado no es un árbitro neutral que facilita la competencia, sino una fuente sistemática de distorsiones que impiden el funcionamiento libre y eficiente del mercado. Inspirado en la Escuela Austriaca de Economía, sostiene que las intervenciones estatales —por bienintencionadas que sean— rompen los procesos de coordinación espontánea que se dan entre individuos mediante el sistema de precios, los contratos voluntarios y la propiedad privada.

Uno de sus argumentos centrales es que el Estado crea y sostiene monopolios legales, que en ausencia de coerción política no existirían en condiciones de competencia. A diferencia del “monopolio natural”, que puede emerger temporalmente por superioridad empresarial, el monopolio estatal se impone por ley, impidiendo la entrada de competidores y destruyendo los incentivos para la innovación, la eficiencia y la reducción de precios. Esto es evidente, según Huerta de Soto, en sectores como la justicia, la seguridad, la educación y especialmente el dinero, donde el Estado impide que surjan soluciones alternativas mediante su poder legislativo y regulatorio.

La regulación económica es otro foco de crítica. Huerta de Soto argumenta que cada nueva norma impuesta desde el aparato estatal dificulta la adaptación del mercado a las necesidades reales de los consumidores. Para él, la regulación no protege al ciudadano, sino que beneficia a grupos de interés (lobbies, grandes corporaciones, burocracias) que utilizan el aparato estatal para protegerse de la competencia o consolidar su posición dominante. Esta crítica se alinea con el concepto de "captura del regulador", pero va más allá: en su visión, el mercado no necesita ser regulado porque ya está autorregulado por la acción coordinada de millones de decisiones individuales.

Un eje fundamental de su crítica es la existencia de bancos centrales y el sistema monetario basado en dinero fiduciario. Huerta de Soto sostiene que el Estado, a través del monopolio de emisión de moneda y el sistema bancario de reserva fraccionaria, altera artificialmente los tipos de interés, provocando ciclos económicos recurrentes de expansión y crisis (burbujas, recesiones). Desde su perspectiva, esto no es una falla corregible, sino una consecuencia inevitable de la intervención estatal en la moneda. Propone como alternativa un sistema de banca libre con encaje del 100%, en el que las instituciones financieras no puedan crear dinero de la nada y deban operar con activos reales, bajo normas de derecho privado.

En su crítica, el Estado aparece como una entidad que interfiere en todos los planos de la vida económica:

  • impide el surgimiento de alternativas competitivas;
  • distorsiona los precios y la estructura del capital mediante impuestos, subsidios y regulaciones;
  • socializa pérdidas y privatiza beneficios en connivencia con élites empresariales cercanas al poder político;
  • y crea la ilusión de estabilidad, mientras erosiona los fundamentos reales de una economía sana.

En este marco, Huerta de Soto rechaza también los intentos de “reformas desde dentro” o de “buen gobierno”: no se trata, según él, de mejorar el Estado, sino de comprender que su mera existencia es la causa del problema. Su enfoque parte de una concepción ética del mercado como proceso pacífico de cooperación, en contraste con el Estado, que opera mediante la amenaza y la coacción.

3. Dinero y banca: ¿una creación artificial del Estado?

Una de las tesis más contundentes y polémicas de Jesús Huerta de Soto es la afirmación de que el sistema monetario actual —basado en dinero fiduciario y banca con reserva fraccionaria— es una construcción artificial impuesta por el Estado, diseñada no para servir a los ciudadanos, sino para manipular la economía en beneficio del poder político y de élites financieras protegidas.

Desde la perspectiva de la Escuela Austriaca de Economía, el dinero no surge por decreto ni por diseño institucional, sino como una creación espontánea del mercado, resultado de la evolución histórica de los intercambios indirectos. En este marco, el dinero más eficiente es aquel que los agentes económicos eligen libremente como medio de cambio, típicamente un bien con valor intrínseco como el oro o la plata. El Estado, sin embargo, ha usurpado este proceso, imponiendo un monopolio legal sobre la emisión de moneda y reemplazando el dinero mercancía por dinero fiduciario (fiat), es decir, papel moneda sin respaldo en activos reales.

Huerta de Soto argumenta que este sistema permite al Estado expandir la oferta monetaria sin límites, financiando déficits, intervenciones y guerras sin necesidad de subir impuestos de forma directa. El resultado es una pérdida de poder adquisitivo, una distorsión de los precios relativos y una redistribución arbitraria de la riqueza, a menudo en perjuicio de los ahorradores y en beneficio de los primeros receptores del dinero nuevo (bancos, grandes corporaciones, gobierno). Este efecto, conocido como efecto Cantillon, describe cómo la inflación monetaria beneficia primero a quienes están más cerca del origen de la emisión, antes de que el alza de precios se generalice en la economía.

Además del dinero fiduciario, Huerta de Soto critica duramente el sistema de banca con reserva fraccionaria, es decir, aquel en el que los bancos no mantienen en efectivo la totalidad del dinero que prometen a sus depositantes, sino que prestan una parte de esos fondos, creando dinero bancario mediante anotaciones contables. Esta práctica, aunque legalmente tolerada, es para Huerta de Soto una forma encubierta de fraude, pues implica una doble titularidad sobre el mismo recurso: tanto el depositante como el prestatario creen tener derecho sobre una misma cantidad de dinero. Esta situación genera inestabilidad estructural y explica, en su visión, la recurrencia de crisis bancarias a lo largo de la historia.

Como alternativa, Huerta de Soto propone un sistema de banca libre con encaje del 100%, es decir, una banca que opere como cualquier otro custodio o depositario, sin privilegios legales ni capacidad de crear dinero. Los bancos podrían ofrecer préstamos, pero solo sobre fondos previamente cedidos voluntariamente para ese fin, no sobre depósitos a la vista. Este modelo estaría acompañado por una desmonopolización total de la moneda, permitiendo que el mercado elija espontáneamente su medio de cambio (oro, plata, criptomonedas u otros bienes escasos y valorados).

Este planteamiento se basa en principios éticos, jurídicos y económicos:

  • Éticos, porque considera que crear dinero de la nada es una forma institucionalizada de despojo;
  • Jurídicos, porque la reserva fraccionaria viola —según su análisis— los principios básicos del derecho de propiedad y del derecho contractual;
  • Económicos, porque la expansión artificial del crédito —no respaldada por ahorro real— distorsiona los precios relativos del capital, genera ciclos de auge y recesión (teoría del ciclo económico austríaco) y promueve el cortoplacismo financiero y la sobreinversión mal dirigida.

En resumen, Huerta de Soto ve el sistema monetario actual como una creación política, no económica, cuya función real es facilitar el control estatal y redistribuir el poder bajo una apariencia de neutralidad técnica. Su propuesta no es una reforma del sistema bancario, sino una revolución institucional profunda, basada en moneda sólida, contratos libres y responsabilidad individual, eliminando la figura del banco central y devolviendo el control del dinero a la sociedad civil.

4. El Estado de Derecho en clave liberal

Una de las críticas más habituales al anarcocapitalismo —y en particular a la visión de Jesús Huerta de Soto— es la aparente paradoja entre el rechazo absoluto al Estado y la necesidad de normas jurídicas universales para que exista un orden social justo, estable y pacífico. ¿Cómo puede sostenerse el Estado de Derecho sin Estado? ¿Qué tipo de legalidad podría garantizar los derechos individuales sin recurrir a un poder central?

Huerta de Soto responde a este dilema a través de la noción de derecho privado de origen consuetudinario, tal como lo entiende la tradición liberal clásica y, en especial, la Escuela Austriaca. En este marco, el derecho no es una construcción positiva impuesta desde arriba por una autoridad soberana, sino una red de normas espontáneamente generadas por la interacción humana a lo largo del tiempo, bajo principios de justicia, propiedad y responsabilidad personal. Esta idea hunde sus raíces en el iusnaturalismo clásico, en el derecho romano y en sistemas históricos como el common law anglosajón, donde el derecho se desarrolla evolutivamente por medio de precedentes, arbitrajes y costumbres reconocidas.

Para Huerta de Soto, el error del pensamiento jurídico moderno consiste en identificar el “Estado de Derecho” con el “Estado legislador”, es decir, con un ente monopolístico que produce leyes mediante el aparato político. Él propone recuperar la distinción entre ley (lex) y derecho (ius):

  • La ley estatal es, en su visión, un acto de poder, frecuentemente arbitrario y políticamente contaminado.
  • El derecho, en cambio, es descubierto, no creado; se basa en principios universales como la no agresión, la restitución del daño, el cumplimiento voluntario de contratos y el respeto a la propiedad legítima.

En su modelo de sociedad libre, el derecho cumpliría sus funciones esenciales (resolución de conflictos, protección de derechos, ordenación de relaciones jurídicas) sin necesidad de Estado. ¿Cómo? A través de un orden policéntrico de jurisdicciones privadas, en el que múltiples agencias de arbitraje, compañías aseguradoras, sistemas normativos y mecanismos contractuales compitan y cooperen para ofrecer servicios jurídicos eficientes y legítimos. Sería una estructura similar a un mercado de justicia, donde los usuarios eligen voluntariamente las normas y mecanismos a los que se someten, tal como ocurre hoy con la resolución de disputas en el comercio internacional, en cámaras arbitrales privadas o incluso en comunidades online.

Este modelo se basa en tres premisas centrales:

  1. La ley no necesita ser impuesta por un monopolio para ser eficaz. La legitimidad y estabilidad del derecho surgen de su capacidad para adaptarse al contexto, generar previsibilidad y resolver conflictos sin violencia.
  2. El orden jurídico puede emerger del mercado como cualquier otro bien o servicio. Las reglas, como los precios, se descubren mediante la interacción libre, no mediante decretos.
  3. Los incentivos económicos y reputacionales reemplazan al uso sistemático de la fuerza. En ausencia de un Estado, la cooperación voluntaria y la competencia entre agencias de resolución de conflictos aseguran calidad y justicia.

Lejos de representar una forma de relativismo normativo, este orden sin Estado se sostiene sobre principios jurídicos universales, como el respeto a la integridad física, la inviolabilidad de la propiedad adquirida legítimamente, y la obligatoriedad de los contratos. Para Huerta de Soto, estos principios no requieren ser impuestos por un soberano, pues emergen naturalmente del proceso social cuando se permite la libertad de asociación y la libre competencia institucional.

En resumen, el "Estado de Derecho" que defiende Huerta de Soto no es un régimen estatal fuerte que impone la legalidad desde arriba, sino un sistema jurídico descentralizado, evolutivo y profundamente liberal, donde las normas son descubiertas por la razón y la experiencia social, y donde el derecho se emancipa del poder político.

5. El Estado como “reliquia oscura”: implicaciones filosóficas

La frase con la que Jesús Huerta de Soto expresa su anhelo de ver al Estado convertido en una “oscura reliquia histórica” encierra una crítica profunda y de largo alcance. No se trata solo de una postura económica o técnica, sino de una ruptura radical con la filosofía política dominante desde la modernidad. En ella confluyen su visión ética del poder, su defensa del individualismo metodológico y su compromiso con un orden social basado exclusivamente en cooperación voluntaria.

Para comprender el alcance de esta idea, es necesario detenerse en el significado de “reliquia oscura”. Huerta de Soto presenta al Estado no como una institución neutral o necesaria, sino como un residuo primitivo de una era marcada por la violencia, la sumisión y el dominio estructural de unos seres humanos sobre otros. Al igual que hoy contemplamos con horror instituciones como la esclavitud, la tortura legal o las monarquías absolutas, él propone que el Estado —con sus ejércitos obligatorios, su poder impositivo y su control sobre la vida económica— será visto en el futuro como una aberración histórica incompatible con una civilización verdaderamente libre.

Desde esta perspectiva, el Estado no es una forma superior de organización política, sino una institución parasitaria que se ha revestido de legitimidad a través de mitos como el contrato social, el interés general o la representación democrática. En la visión de Huerta de Soto, estas ideas no son más que ficciones ideológicas que encubren el ejercicio sistemático del poder coercitivo sobre los individuos, bajo la apariencia de legalidad o justicia.

Esta concepción se inscribe en una corriente más amplia de filosofía libertaria radical, que entiende la historia de la humanidad como una lucha entre la libertad creadora del individuo y la coacción organizada del poder institucionalizado. Al igual que autores como Lysander Spooner, Albert Jay Nock o Murray Rothbard, Huerta de Soto considera que el Estado ha sido el principal agente de represión, guerra, empobrecimiento y desmoralización de las sociedades. Por tanto, su eliminación no es solo deseable desde el punto de vista económico, sino una condición ética para la dignidad humana.

Esta postura choca frontalmente con las corrientes más moderadas del pensamiento liberal, que buscan “limitar” el Estado o hacer que funcione mejor. Huerta de Soto no cree en esa posibilidad: no quiere reformarlo, quiere abolirlo. Para él, no es una cuestión de eficiencia, sino de legitimidad moral. El principio rector de su propuesta —la no agresión— implica que nadie tiene derecho a iniciar el uso de la fuerza contra otros, ni siquiera con el argumento de que lo hace para protegerlos, redistribuir riqueza o preservar el orden social.

En esta visión, el progreso histórico consiste en la sustitución gradual de estructuras coercitivas por mecanismos voluntarios, contractuales y descentralizados. Así como la humanidad ha abandonado prácticas como la servidumbre o la censura oficial, también —según Huerta de Soto— podría emanciparse del Estado, entendiendo que su existencia no es inevitable, sino una construcción cultural cuya legitimidad puede y debe ser cuestionada.

La frase final, “oscura reliquia histórica”, no es meramente retórica: contiene una profecía filosófica. Huerta de Soto no imagina el fin del Estado como un evento revolucionario, sino como una evolución cultural progresiva, donde las personas —a través del conocimiento económico, el respeto mutuo y el desarrollo del derecho privado— dejen de percibir al Estado como necesario. Solo entonces, afirma, podrá recordarse como lo que realmente fue: una institución basada en la violencia estructural, que obstaculizó durante siglos el florecimiento libre y pacífico de la civilización.

6. Globalismo liberal: libre comercio sin fronteras

La visión de Jesús Huerta de Soto sobre el orden internacional rompe por completo con el paradigma westfaliano que ha dominado la política mundial desde el siglo XVII. Frente a un sistema basado en Estados soberanos, fronteras nacionales y relaciones de poder entre gobiernos, él propone un modelo alternativo: un orden global liberal sin fronteras, sustentado en la cooperación voluntaria entre individuos y comunidades, sin estructuras estatales intermediarias.

En este modelo, el libre comercio y la libertad de circulación no son simplemente mecanismos económicos para aumentar la eficiencia, sino manifestaciones éticas del principio de no agresión. Para Huerta de Soto, el comercio es un proceso pacífico de intercambio mutuamente beneficioso, y las fronteras estatales —lejos de proteger a las personas— actúan como barreras artificiales que restringen las posibilidades de cooperación, especialización y desarrollo humano.

Desde esta perspectiva, los Estados nacionales no son garantes del orden, sino estructuras obsoletas que fomentan el proteccionismo, la guerra, el control migratorio, la regulación arbitraria y la manipulación monetaria. Son instituciones que perpetúan la división artificial de la humanidad en bloques enfrentados, con intereses geoestratégicos contrapuestos y economías dirigidas por lógicas políticas, no por la libertad de elección de los ciudadanos.

Huerta de Soto apuesta por una globalización auténticamente liberal, no impulsada por grandes organismos internacionales ni por tratados entre Estados, sino por la libre interacción de agentes económicos y sociales independientes. En lugar de acuerdos gubernamentales, propone redes descentralizadas de contratos voluntarios, plataformas de intercambio libre, monedas alternativas, y jurisdicciones privadas autónomas, todas ellas surgidas por iniciativa de la sociedad civil.

Este enfoque no implica un caos jurídico o un mundo sin normas, sino un pluralismo institucional policéntrico, en el que diferentes sistemas normativos, monedas, culturas y mecanismos de arbitraje coexisten sin necesidad de una autoridad suprema. La competencia entre estos sistemas sustituye al monopolio coercitivo estatal, fomentando la innovación, la adaptación y el respeto a la diversidad.

Ahora bien, esta propuesta plantea interrogantes sobre su viabilidad práctica en un mundo aún dominado por estructuras estatales:

  • ¿Cómo garantizar la protección de los derechos individuales sin un marco jurídico internacional unificado?
  • ¿Qué ocurriría con la seguridad, la defensa o la respuesta a catástrofes?
  • ¿Puede mantenerse la paz sin un sistema coercitivo de cumplimiento de normas?

Huerta de Soto responde que estas funciones pueden ser cubiertas mediante mecanismos voluntarios, aseguradoras privadas, redes de protección contractual, sistemas arbitrales, y cooperación transnacional descentralizada. Para él, la verdadera garantía de paz no reside en los Estados, sino en la interdependencia pacífica que genera el comercio libre, tal como lo expresaron pensadores clásicos como Frédéric Bastiat: “Cuando los bienes no cruzan las fronteras, lo harán los ejércitos”.

En este contexto, la desaparición de los Estados no significa el fin del orden, sino su reconstrucción sobre bases éticas y contractuales, no políticas y coercitivas. El mundo sin Estados soberanos que imagina Huerta de Soto no es una utopía anárquica, sino una red global de individuos libres, respetuosos del derecho, conectados por intercambios voluntarios y principios comunes de justicia y propiedad.

Su propuesta, en definitiva, no es un globalismo tecnocrático dirigido desde arriba, sino un cosmopolitismo radical de raíz liberal clásica, donde la libertad, la responsabilidad y el derecho emergen desde abajo, sin necesidad de fronteras ni soberanías impuestas.

Conclusión: el Estado como anomalía histórica y la utopía liberal radical

La concepción del Estado que propone Jesús Huerta de Soto no es una simple reinterpretación del liberalismo clásico, sino una revolución teórica y ética que cuestiona los fundamentos mismos del orden político moderno. Desde su perspectiva, el Estado no es un mal necesario ni una institución reformable, sino una estructura intrínsecamente violenta, incompatible con la libertad individual, la justicia contractual y la cooperación pacífica entre seres humanos.

A través del anarcocapitalismo, Huerta de Soto plantea una alternativa radical a la tradición política occidental, basada en tres pilares fundamentales:

  1. La eliminación completa del poder estatal en todas sus formas.
  2. La emergencia de un orden jurídico espontáneo, surgido del derecho privado, la ética de la propiedad y la libre asociación.
  3. La construcción de una sociedad global descentralizada, donde la economía y la vida social se autorregulen mediante contratos voluntarios, moneda sólida, y competencia institucional sin fronteras.

En este marco, el Estado aparece como una anomalía histórica, un vestigio de una época autoritaria, sostenido por la ignorancia económica, el miedo a la libertad y los intereses de élites privilegiadas. Su sustitución por un orden de libre mercado pleno —sin privilegios legales, sin bancos centrales, sin coacción fiscal— es concebida no solo como un ideal económico, sino como una exigencia moral.

Sin embargo, esta propuesta —coherente, valiente y profundamente estructurada— no está exenta de interrogantes. La viabilidad de una sociedad sin Estado plantea desafíos prácticos, filosóficos y culturales:

  • ¿Es posible garantizar el respeto a los derechos sin una autoridad central?
  • ¿Hasta qué punto puede surgir espontáneamente un derecho universal desde la competencia normativa?
  • ¿Qué papel jugarán las desigualdades económicas y los conflictos de intereses en un mundo sin Estado?

Huerta de Soto responde a estas dudas con un optimismo antropológico y epistemológico radical: el orden, la justicia y la civilización no necesitan ser impuestos, sino liberados. En su visión, la historia no avanza mediante la concentración del poder, sino mediante su disolución en redes libres de cooperación entre individuos responsables.

En última instancia, su anhelo de que el Estado sea recordado como “una oscura reliquia histórica” no es solo una metáfora provocadora, sino la expresión de una esperanza profunda en la capacidad de los seres humanos para convivir sin dominarse unos a otros. Se trata, más que de una teoría política, de una ética de la libertad llevada hasta sus últimas consecuencias.


Comentarios

  1. Creo que un mundo sin Estado es una utopía, eso sí, un mundo con Estado distinto al que tenemos, tomando del lo mejor, sería un mundo mejor. Aunque creo que es otra utopía.

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