ESPAÑA–MARRUECOS 2026–2035
Evaluación de la presión híbrida, la
disputa territorial, el equilibrio estratégico y las opciones nacionales de
respuesta
INFORME ESTRATÉGICO
DE FUENTES ABIERTAS · VERSIÓN REVISADA
Fecha de referencia: 7 de septiembre
de 2026
Horizonte prospectivo: 2026–2035
Nivel: OSINT / No clasificado
Principio rector: cooperación cuando exista
reciprocidad; coerción proporcional cuando exista presión; retorno efectivo
cuando no exista derecho de permanencia; reforma de las leyes españolas cuando
el marco vigente sea insuficiente; y defensa militar inequívoca ante una
agresión armada. La soberanía española no puede depender de la voluntad de un
Estado que la cuestiona.
Documento elaborado
por José María Pérez Quintana para
análisis y debate estratégico. Integra propuestas de reforma legislativa,
retorno y gestión de crisis migratorias dentro del marco constitucional,
europeo e internacional. No contiene instrucciones operativas para ataques,
sabotaje, financiación clandestina de grupos armados ni acciones ilegales de
desestabilización.
ÍNDICE
0. Resumen ejecutivo
1. Método de evaluación y grados de certeza
2. Diagnóstico estratégico: Marruecos como socio,
competidor y desafío estructural
3. Ceuta y Melilla: reivindicación territorial y
precedentes de presión
4. Migración como vulnerabilidad estratégica y posible
instrumento híbrido
5. Retorno efectivo, control de
permanencia y reforma legislativa
6. Inteligencia, influencia, espionaje y penetración
institucional: hechos, indicios e hipótesis
7. Narcotráfico y crimen organizado: amenaza
transnacional, no prueba automática de política de Estado
8. Rearme marroquí y transformación del equilibrio
militar regional
9. Eje exterior: Estados Unidos, Israel y la posición
relativa de España
10. Canarias, fachada atlántica, Sáhara Occidental y
Rif
11. Interdependencia económica, energética y
comercial: poder y vulnerabilidad
12. Unión Europea: solidaridad jurídica, ambigüedad
política y problema del tiempo de reacción
13. OTAN y Estados Unidos: garantías reales, zonas
grises y límites
14. Escenarios 2026–2035: de la cooperación tensa al
conflicto armado
15. Estrategia española de contramedidas: política,
inteligencia, economía, diplomacia y resiliencia
16. Disuasión y defensa militar: empleo legítimo de la
fuerza y límites de un informe abierto
17. Sistema de alerta temprana e indicadores de
escalada
18. Recomendaciones prioritarias por horizonte
temporal
19. Conclusiones
Fuentes y referencias principales
La relación entre España y Marruecos no
puede describirse de forma útil mediante las categorías simples de amistad o
enemistad. Ambos Estados mantienen una interdependencia económica, policial,
migratoria y social profunda, pero esa cooperación convive con una
contradicción estratégica de primer orden: Marruecos conserva una
reivindicación expresa sobre Ceuta y Melilla, dos ciudades cuya soberanía
España considera indiscutible. El problema de seguridad nacional surge
precisamente de esa combinación. Un Estado puede ser socio en múltiples ámbitos
y, al mismo tiempo, mantener objetivos territoriales incompatibles con los
intereses fundamentales del otro. Para España, la política correcta no consiste
en negar una de esas dos realidades, sino en administrarlas simultáneamente.
La crisis de Ceuta de los días 30 y 31 de
julio de 2026 obliga a elevar el análisis. El Real Decreto 681/2026 declaró una
situación de interés para la Seguridad Nacional por la afluencia masiva y
simultánea de personas y por la alteración del funcionamiento ordinario de las
administraciones, la acogida, la asistencia y la seguridad ciudadana. A fecha
de este informe no existe prueba pública concluyente de que el Gobierno
marroquí organizara directamente aquella entrada. El presidente del Gobierno ha
afirmado que no dispone de evidencia concreta que permita atribuirla a Rabat.
Al mismo tiempo, un informe policial citado por Reuters describió una pasividad
extraordinaria de las fuerzas marroquíes y el propio Gobierno español reconoció
que durante un periodo crítico se permitieron los cruces. La hipótesis de
instrumentalización estatal no puede presentarse como un hecho demostrado, pero
tampoco puede ser descartada como irrelevante. [S01][S02]
El precedente de mayo de 2021 es
inequívocamente relevante. El Parlamento Europeo sostuvo entonces que la
policía marroquí había relajado temporalmente los controles, abierto pasos y no
impedido la entrada de aproximadamente 9.000 personas en Ceuta, y rechazó la
utilización de controles fronterizos y migración para ejercer presión política
sobre España. Ese precedente demuestra que la frontera puede convertirse en
instrumento de coerción aun sin empleo convencional de fuerzas militares. [S03]
La dimensión militar tampoco puede
minimizarse. Marruecos es Major Non-NATO Ally de Estados Unidos, figura entre
los mayores compradores africanos de equipo militar estadounidense y mantiene
casos activos de ventas militares por miles de millones de dólares, con
adquisiciones que incluyen F-16 Block 72, AH-64E Apache, HIMARS, Harpoon,
AIM-9X, JSOW y radares avanzados. En 2026 el ejercicio African Lion volvió a
entrenar en Marruecos capacidades terrestres, aéreas, marítimas, cibernéticas y
espaciales con más de 5.600 participantes de más de cuarenta países. Esto no
demuestra una intención de atacar España; sí demuestra una acumulación
sostenida de capacidades que España debe incorporar a su planeamiento.
[S04][S05]
El entorno diplomático añade un factor de
riesgo relativo. España mantiene en 2026 una ruptura política severa con
Israel, hasta el punto de haber retirado permanentemente a su embajador,
mientras Marruecos e Israel firmaron en enero un plan militar conjunto para
2026. Con Estados Unidos no existe ruptura de la alianza hispano-estadounidense
y siguen vigentes los acuerdos de cooperación en defensa, pero se han producido
fricciones excepcionales por gasto militar y Oriente Próximo, incluida la
negativa española al uso de Rota y Morón para operaciones vinculadas a la
guerra de Irán y amenazas comerciales del presidente estadounidense. La
conclusión no es que Washington o Jerusalén estén alineados contra España, sino
que Rabat ha reforzado su acceso político, militar y tecnológico a dos centros
de poder mientras Madrid atraviesa con ellos una fase de fricción.
[S06][S07][S08][S09]
Europa ofrece garantías jurídicas
importantes, pero no elimina el riesgo de soledad inicial. El artículo 42.7 del
Tratado de la Unión Europea obliga a los Estados miembros a prestar ayuda y
asistencia a un miembro víctima de agresión armada en su territorio. Sin
embargo, la experiencia francesa de 2015 muestra que su aplicación se articula
mediante contribuciones estatales y acuerdos políticos, no mediante la entrada
automática de un ejército europeo. En una crisis híbrida, el problema sería aún
mayor: la discusión sobre atribución y umbral podría retrasar medidas
coercitivas. La respuesta europea a Ceuta en agosto de 2026 fue solidaria, pero
se formuló primordialmente en términos de migración, frontera y retornos. Por
ello, España debe planificar la fase inicial de cualquier crisis grave bajo la
premisa de que tendrá que contenerla con medios nacionales. [S10][S11][S12]
La dimensión migratoria exige asimismo
abandonar una confusión habitual entre protección provisional y derecho de
permanencia. Cuando una persona adulta ha entrado o permanece irregularmente,
no solicita protección internacional válida y no concurre ninguna causa
jurídica que impida el retorno, la política pública debe orientarse a ejecutar
su salida de forma real, rápida y verificable. El ordenamiento vigente ya
contiene instrumentos de devolución, expulsión e internamiento judicial; si su
velocidad o capacidad resultaran insuficientes ante una afluencia
extraordinaria declarada de interés para la Seguridad Nacional, las Cortes
Generales deben reformar la legislación aplicable. El objetivo no es privar de
necesidades básicas para forzar una salida, sino impedir que la irregularidad
genere por sí sola una expectativa material o administrativa de asentamiento.
La asistencia mínima exigible durante la tramitación debe coexistir con una
política inequívoca de retorno para quien carezca de derecho a permanecer.
[S33][S38][S39]
El poder económico español y europeo
frente a Marruecos es considerable, pero es bilateralmente costoso. La UE es el
primer socio comercial y el mayor inversor extranjero de Marruecos; el comercio
de bienes UE-Marruecos alcanzó 62.200 millones de euros en 2025. España, por su
parte, registró en 2024 intercambios bilaterales por más de 22.000 millones de
euros y miles de empresas españolas operan regularmente con el país. El sistema
eléctrico peninsular está interconectado con Marruecos, con capacidad de exportación
española significativa, y el gasoducto del Magreb-Europa dispone de
reversibilidad para enviar gas desde España a Marruecos. Estas conexiones
constituyen palancas potenciales, pero su empleo debería seguir una matriz de
costes, contratos, derecho europeo y daño recíproco; cortar indiscriminadamente
no es estrategia, sino improvisación. [S13][S14][S15][S16]
Este informe concluye que Marruecos debe
ser considerado por España como un socio necesario y, simultáneamente, como un
desafío estructural cuya evolución puede afectar a la integridad territorial,
la seguridad fronteriza y la autonomía estratégica. La política española óptima
no es buscar una confrontación, sino eliminar cualquier expectativa de
beneficio derivada de presionar a España. Para ello se propone una doctrina de
reciprocidad estratégica, resiliencia nacional, contrainteligencia reforzada,
reducción de dependencias, compromiso europeo previo, defensa creíble de Ceuta,
Melilla y Canarias, y una escalera de coerción política y económica preparada
antes de la crisis. El empleo de la fuerza no se excluye: se reserva para los
supuestos jurídicamente legitimados de defensa de la soberanía, la población y
el territorio frente a una agresión armada.
1. MÉTODO DE EVALUACIÓN Y GRADOS DE CERTEZA
La principal debilidad de muchos análisis
sobre Marruecos consiste en mezclar hechos, sospechas, opiniones políticas e
inferencias hasta hacer imposible distinguir qué está demostrado. Este informe
adopta el criterio contrario. La contundencia no se obtiene exagerando, sino
reduciendo al mínimo los puntos que un lector adversarial pueda desmontar. Cada
asunto se valora mediante cuatro niveles: hecho verificado, indicio
estratégico, hipótesis de inteligencia y escenario prospectivo. La misma
cuestión puede contener simultáneamente elementos de varias categorías.
HECHO VERIFICADO designa una declaración
oficial, norma, adquisición, acuerdo, cifra o acontecimiento respaldado por
documentación primaria o varias fuentes independientes. INDICIO ESTRATÉGICO
identifica un comportamiento acreditado cuyo significado no está probado, pero
que es relevante para evaluar intenciones o vulnerabilidades. HIPÓTESIS DE
INTELIGENCIA formula una explicación plausible a partir de hechos e indicios,
sin convertirla en certeza. ESCENARIO PROSPECTIVO describe una evolución
posible, no necesariamente probable, cuyo estudio sirve para preparar
respuestas y detectar señales tempranas.
La metodología se aplica especialmente a
cuestiones sensibles como Pegasus, influencia política, medios de comunicación,
corrupción, narcotráfico, migración, comunidades transnacionales, financiación
extranjera o relaciones con terceros Estados. Por ejemplo, está probado que los
teléfonos del presidente del Gobierno y de varios ministros españoles fueron
infectados con Pegasus; el informe del Parlamento Europeo señaló que Marruecos
había sido identificado en medios como posible autor y que existían fuertes indicios
de operaciones marroquíes de spyware contra altos cargos europeos, pero también
constató que la autoría concreta de los ataques contra los responsables
españoles no había quedado confirmada. Presentar a Marruecos como autor
material probado sería incorrecto; excluir la hipótesis sería igualmente
impropio de un análisis de seguridad. [S17]
Este informe no presupone que Rabat desee
una guerra con España. De hecho, el coste económico, diplomático y militar de
una guerra convencional sería extremadamente alto para Marruecos. Precisamente
por ello se concede especial atención a mecanismos situados por debajo del
umbral de guerra: presión migratoria, influencia, desinformación, coerción
económica, incidentes fronterizos, disputa jurídica, operaciones cibernéticas,
explotación del crimen organizado, presión sobre espacios marítimos y
demostraciones militares. La lógica de la competencia contemporánea consiste en
obtener resultados políticos sin ofrecer al adversario un momento claro en el
que pueda declarar que ha comenzado una guerra.
Por último, el informe aplica una regla
de “hipótesis alternativas”. Siempre que una conducta marroquí pueda explicarse
de varias maneras se conservarán las alternativas hasta que la evidencia
permita discriminar entre ellas. El rearme, por ejemplo, puede responder
primordialmente a Argelia y al Sáhara Occidental; puede obedecer a una
aspiración general de potencia regional; o puede aumentar simultáneamente la
capacidad de presión frente a España. La planificación nacional debe considerar
las tres posibilidades, aunque ninguna, por sí sola, pruebe intención hostil.
2. DIAGNÓSTICO ESTRATÉGICO: MARRUECOS COMO SOCIO,
COMPETIDOR Y DESAFÍO ESTRUCTURAL
Marruecos posee una característica que
obliga a España a huir de planteamientos binarios: su utilidad para intereses
españoles es real. Cooperación antiterrorista, control migratorio, comercio,
inversiones, conexiones energéticas, pesca, transporte, seguridad marítima y
relaciones sociales transfronterizas generan beneficios objetivos. El propio
Gobierno español describía todavía en 2025 la relación como excelente y
destacaba récords comerciales, cooperación en migración y preparación conjunta
del Mundial de 2030. Negar esa realidad produciría una política ideológica, no
estratégica. [S18]
El problema aparece cuando esa
interdependencia se convierte en asimetría de vulnerabilidad. Madrid necesita
que Rabat colabore en áreas capaces de generar crisis domésticas inmediatas,
especialmente migración y control fronterizo. Rabat, por su parte, necesita
acceso al mercado europeo, inversión, tecnología, infraestructuras, divisas y
legitimidad exterior. El equilibrio no es unilateral: ambos pueden causar
costes al otro. Una estrategia española eficaz debe transformar esa
interdependencia en reciprocidad explícita y reducir aquellas dependencias cuyo
corte unilateral produciría daños sociales o territoriales inmediatos en
España.
La continuidad estratégica marroquí
contrasta con los ciclos políticos españoles. La monarquía alauí puede mantener
durante décadas prioridades relacionadas con el Sáhara, la posición regional,
las relaciones con las grandes potencias y Ceuta y Melilla. España, en cambio,
tiende a reinterpretar la relación con cada crisis, alternando periodos de
tensión con narrativas de “nueva etapa”. Esta diferencia de horizonte temporal
favorece a quien mantiene objetivos constantes. La consecuencia práctica es que
España necesita una política de Estado que sobreviva a gobiernos y que defina
intereses irrenunciables, líneas rojas, incentivos y respuestas previamente
acordadas.
La doctrina propuesta en este documento
puede resumirse así: cooperación sin ingenuidad; interdependencia sin
dependencia crítica; apertura sin vulnerabilidad institucional; y disuasión sin
búsqueda de confrontación. El objetivo no es convertir Marruecos en enemigo,
sino impedir que cualquier Gobierno marroquí considere rentable utilizar la
presión sobre España para obtener concesiones de soberanía o decisiones
estratégicas. La relación debe poder mejorar cuando Rabat coopera y endurecerse
de manera previsible cuando Rabat ejerce coerción.
3. CEUTA Y MELILLA: REIVINDICACIÓN TERRITORIAL Y
PRECEDENTES DE PRESIÓN
Ceuta y Melilla no constituyen una
disputa territorial simétrica. España ejerce soberanía efectiva, administración
plena y responsabilidad constitucional sobre ambas ciudades; Marruecos mantiene
una reivindicación histórica y política. En agosto de 2026 el ministro de
Justicia marroquí volvió a expresar públicamente esa reclamación y España
respondió rechazando cualquier negociación de soberanía. La relevancia
estratégica de este hecho es directa: España comparte frontera terrestre con un
Estado que cuestiona la titularidad del territorio al otro lado de esa
frontera. [S19]
En mayo de 2021, alrededor de 9.000
personas entraron en Ceuta después de que la policía marroquí relajara
controles fronterizos. El Parlamento Europeo vinculó la crisis a la disputa
diplomática originada por la hospitalización en España del dirigente del Frente
Polisario Brahim Ghali y rechazó expresamente la instrumentalización de los
controles fronterizos y la migración como medio de presión política. El
episodio mostró que la coerción podía ejercerse mediante una modificación
administrativa en el lado marroquí sin necesidad de declarar hostilidad ni
movilizar unidades militares convencionales. [S03]
La crisis de julio de 2026 multiplicó la
escala del problema. El BOE describe una afluencia masiva y simultánea el 30 de
julio capaz de superar capacidades ordinarias de gestión, acogida, asistencia y
seguridad y de alterar el normal funcionamiento de las administraciones
públicas. La declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional no
atribuye la operación a Marruecos, pero sí certifica que un episodio fronterizo
puede trascender en horas la categoría de inmigración irregular y convertirse
en crisis nacional. [S01]
La vulnerabilidad fundamental no consiste
únicamente en que Marruecos pueda abrir o cerrar físicamente pasos. Consiste en
la dependencia psicológica, administrativa y presupuestaria española de una
cooperación constante. Si la defensa cotidiana de Ceuta y Melilla presupone que
Rabat mantendrá siempre el mismo nivel de control, España entrega a la
contraparte una palanca. La respuesta no debe ser militarizar permanentemente
la vida civil, sino diseñar capacidades de absorción, identificación,
protección de infraestructuras, vigilancia, barreras legales y logísticas,
reservas de personal y mecanismos de refuerzo capaces de operar aun si la
cooperación marroquí desaparece temporalmente.
La política española debería definir
además una línea roja pública: cualquier intento de alterar unilateralmente la
soberanía, la administración o la libertad de acceso a Ceuta y Melilla tendría
consecuencias automáticas y graduadas en la relación bilateral. La
previsibilidad fortalece la disuasión. Si Rabat conoce de antemano que
determinadas conductas activarán respuestas económicas, diplomáticas, europeas
y de seguridad, disminuye el margen para probar los límites españoles mediante
hechos consumados.
4. MIGRACIÓN COMO VULNERABILIDAD ESTRATÉGICA Y POSIBLE
INSTRUMENTO HÍBRIDO
La migración irregular es ante todo un
fenómeno humano, económico y criminal complejo. Reducirla siempre a una
operación estatal sería falso. Sin embargo, los Estados pueden instrumentalizar
flujos que no han creado, modulando controles, información, transporte,
readmisiones o vigilancia. La diferencia entre “causar” una migración y
“utilizar” una presión migratoria existente es fundamental para el análisis
híbrido.
El precedente de 2021 aporta evidencia
institucional europea de instrumentalización. En 2026, en cambio, la atribución
estatal sigue abierta. Esa diferencia debe conservarse. Lo que sí ha quedado
probado es la eficacia estratégica de la variable migratoria: saturación
inmediata de capacidades de acogida, presión sobre servicios, necesidad de
movilizar Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, polarización política, conflicto
competencial entre administraciones y rápida internacionalización del problema.
Un adversario racional que busque presión de bajo coste observaría esos efectos
independientemente de quién originara el episodio.
La respuesta española debe asumir que el
control marroquí puede fallar por incapacidad, decisión política, crisis
interna o sobrecarga. En todos los casos, el resultado en territorio español
puede ser similar. Por ello, la resiliencia debe diseñarse sobre efectos y no
únicamente sobre intenciones. Ceuta y Melilla necesitan modelos de contingencia
capaces de pasar en pocas horas de normalidad a gestión de afluencias masivas
sin colapso administrativo, con procedimientos legales preestablecidos, centros
de recepción escalables, identificación biométrica, refuerzo policial,
protección de menores, comunicación pública y traslado o retorno conforme a
derecho.
A escala europea, España debe insistir en
que una presión masiva sobre Ceuta o Melilla no es un asunto local. La Comisión
ha confirmado que el acervo Schengen se aplica a todo el territorio español y
que las fronteras de Ceuta y Melilla con Marruecos son fronteras exteriores de
Schengen, aunque existan reglas especiales para movimientos hacia la Península.
[S20] La respuesta europea de agosto de 2026 fue solidaria y ofreció
financiación y apoyo de agencias, pero permaneció en el marco migratorio. Ese
patrón confirma que la primera batalla diplomática española en una crisis
híbrida sería la batalla de la definición: demostrar cuándo una emergencia
migratoria pasa a ser coerción estatal contra un Estado miembro.
La respuesta no puede agotarse en ampliar
plazas de acogida. Si una crisis híbrida produce decenas de miles de entradas y
el resultado práctico es que la inmensa mayoría termina permaneciendo en España
durante años, el mecanismo conserva valor coercitivo para quien quiera
explotarlo. La resiliencia exige, por tanto, una segunda capacidad tan
importante como el control fronterizo: identificar rápidamente quién tiene
derecho a protección y ejecutar de manera efectiva el retorno de quien no lo
tenga, con procedimientos individualizados, control judicial cuando corresponda
y capacidad logística suficiente. [S33][S38]
5. RETORNO EFECTIVO, CONTROL DE PERMANENCIA Y REFORMA
LEGISLATIVA
TESIS DE
POLÍTICA PÚBLICA. Una entrada irregular, incluso cuando sea masiva, no debe
crear por sí sola una expectativa de asentamiento. La respuesta española debe
distinguir con rapidez entre quienes poseen un derecho legal a permanecer
—incluidos los solicitantes de protección que superen el examen
correspondiente— y quienes carecen de él. Para estos últimos, el objetivo
administrativo ordinario debe ser el retorno efectivo. Si las normas españolas
vigentes impiden ejecutar esa política con la rapidez necesaria en una crisis
de Seguridad Nacional, deben ser reformadas por las Cortes Generales dentro de
los límites constitucionales, europeos e internacionales.
La primera precisión es jurídica y
política. El Parlamento español sí puede cambiar la Ley Orgánica 4/2000 y otras
leyes estatales, y el Gobierno puede modificar reglamentos dentro de sus
competencias. La legislación no es una realidad inmutable a la que el Estado
deba resignarse cuando demuestra ser insuficiente. Sin embargo, una ley
española no puede por sí sola dejar sin efecto la Constitución, el Derecho de
la Unión Europea ni los tratados internacionales válidamente incorporados al
ordenamiento. La Constitución reconoce derechos a todas las personas y dispone
que los tratados publicados forman parte del Derecho interno; el Derecho
europeo exige decisiones de retorno individualizadas y garantías de recurso.
Por ello, la doctrina correcta no es “la ley lo impide y nada puede hacerse”,
sino “reformar todo aquello que España puede reformar y promover en la UE o
mediante los procedimientos internacionales los cambios adicionales que se
consideren necesarios”. [S36][S38]
En las primeras veinticuatro a setenta y
dos horas de una afluencia extraordinaria, el sistema debe orientarse a
clasificación jurídica y ejecución, no a una acogida indefinida. Identificación
biométrica, comprobación documental, determinación de nacionalidad, detección
de necesidades médicas urgentes, examen inicial de protección internacional,
identificación de posibles víctimas de trata, comprobación de edad cuando
exista duda razonable y separación de expedientes familiares deben realizarse
mediante equipos reforzados y turnos judiciales y administrativos de crisis. La
prohibición europea de expulsiones colectivas no impide retornos numerosos;
exige que exista un examen razonable y objetivo de cada caso. [S37][S38]
Para los adultos respecto de los cuales
se determine que no existe título de estancia, protección internacional ni
impedimento de devolución, la resolución debe conducir a una salida real. El
Derecho español ya contempla denegación de entrada, devolución, expulsión,
medidas cautelares e internamiento preventivo autorizado judicialmente, cuyo
límite general nacional es de sesenta días. La Directiva europea de retorno
permite a los Estados establecer periodos nacionales más amplios dentro de
límites europeos cuando sean necesarios y proporcionados para preparar la
expulsión. Una reforma española puede, por tanto, revisar plazos, medios y
procedimientos, siempre con control judicial y sin convertir el internamiento
en una pena. [S33][S38][S40]
El principio de ausencia de incentivo de
permanencia debe expresarse con claridad. Mientras se tramita un expediente,
España debe garantizar las condiciones mínimas que impiden un trato inhumano o
degradante y la asistencia sanitaria urgente exigible, pero no existe una razón
estratégica para convertir automáticamente una entrada irregular en acceso a
programas discrecionales concebidos para integración permanente. La legislación
puede diferenciar entre asistencia estrictamente temporal ligada a la tramitación
y prestaciones o programas no obligatorios orientados al asentamiento. El
mensaje institucional debe ser inequívoco: quien no posea derecho a permanecer
será atendido durante el procedimiento porque España es un Estado de Derecho,
pero esa atención no transforma su situación irregular en una vía de
residencia. [S36][S38]
En el caso de menores extranjeros no
acompañados, la nacionalidad no elimina las obligaciones de protección mientras
se encuentren bajo jurisdicción española, pero tampoco impone como solución
necesaria su permanencia definitiva. La normativa vigente ya permite iniciar la
repatriación cuando el interés superior del menor se satisface mediante la
reagrupación con su familia o su puesta a disposición de servicios de
protección de su país de origen. El Reglamento establece además que el coste
corresponde en primer término a la familia o a los servicios de protección del
país de origen y sólo subsidiariamente al Estado español. La política de crisis
debe activar desde el primer día la identificación familiar y consular, exigir
información inmediata al país de origen y priorizar la reunificación familiar
segura cuando resulte procedente. [S34][S35]
España debe revisar también los plazos
aplicables a estos expedientes. El Reglamento vigente prevé un plazo máximo de
seis meses para resolver el procedimiento de repatriación de un menor no
acompañado y contempla la residencia cuando la repatriación resulte imposible,
sin impedir una repatriación ulterior si favorece su interés superior. En una
situación de entrada extraordinaria, ese diseño puede resultar demasiado lento
para evitar que una medida inicialmente provisional se convierta de hecho en
estructural. Una reforma normativa puede crear equipos estatales
especializados, plazos internos mucho más breves para localización familiar y
respuesta consular, interoperabilidad documental y procedimientos de urgencia;
lo que no puede eliminarse es la valoración individual del interés superior del
menor. [S34]
La cooperación del país de origen es un
factor crítico. Marruecos debe ser requerido para identificar a sus nacionales,
expedir documentación de viaje y aceptar las readmisiones que correspondan
conforme a los instrumentos jurídicos aplicables. Si una crisis estuviera
acompañada por una negativa deliberada y sistemática a cooperar, España debería
elevar el problema inmediatamente al nivel de la Unión Europea y vincular la
continuidad de determinadas ventajas políticas, financieras o de cooperación a
una colaboración verificable en identificación y readmisión. Las competencias
comerciales y muchas palancas financieras pertenecen a la UE, por lo que la
presión más eficaz sería europea, no una colección improvisada de sanciones
nacionales potencialmente autolesivas. [S13][S38]
La reforma legislativa propuesta debería
contemplar un régimen extraordinario activable únicamente cuando una afluencia
irregular sea declarada formalmente crisis de Seguridad Nacional: refuerzo
automático de personal de extranjería y jueces de guardia; procedimientos
abreviados compatibles con un recurso efectivo; utilización intensiva de
formularios normalizados y traducción; mayor capacidad de internamiento
especializado cuando exista riesgo de fuga y perspectiva razonable de
expulsión; mecanismos acelerados de documentación consular; y financiación
previamente reservada para transporte de retorno. La Directiva europea contiene
incluso una previsión específica para situaciones en que un número excepcional
de personas sometidas a retorno genere una carga imprevista sobre instalaciones
o personal. La excepcionalidad, por tanto, puede regularse; lo que no puede
hacerse es sustituir decisiones individualizadas por una expulsión
indiscriminada. [S38][S40]
La utilización de coerción física no debe
constituir el eje de esta política. Cuando exista una resolución firme o
ejecutiva de salida y la persona se oponga materialmente a su ejecución, el
Derecho europeo admite medidas coercitivas como último recurso, siempre
proporcionadas, razonables y respetuosas con dignidad e integridad física. La
contundencia estatal debe medirse por la capacidad de hacer cumplir legalmente
una decisión, no por la dureza material del trato. Un sistema que identifica,
resuelve y retorna en días o semanas es estratégicamente más disuasorio que
otro que formula amenazas retóricas pero deja que los expedientes se acumulen
durante años. [S40]
La conclusión de este capítulo es
directa: una política migratoria compatible con la seguridad nacional debe
mantener abiertas las vías de asilo y protección que España está obligada a
respetar, pero debe cerrar la expectativa de que la entrada irregular sea, por
sí misma, un mecanismo eficaz para obtener permanencia. La acogida de
emergencia ha de ser temporal; la integración, reservada a quien obtenga
derecho de residencia; la reunificación familiar de menores, activada desde el
inicio cuando resulte segura; y el retorno de quien carezca de derecho a
permanecer, ejecutado con capacidad administrativa, judicial, consular y
logística suficiente. Cuando la ley nacional dificulte injustificadamente ese
objetivo, la respuesta democrática es reformarla, no resignarse a su
ineficacia.
6. INTELIGENCIA, INFLUENCIA, ESPIONAJE Y PENETRACIÓN
INSTITUCIONAL: HECHOS, INDICIOS E HIPÓTESIS
La existencia de actividades de
inteligencia extranjeras sobre España no es excepcional; todos los Estados con
capacidad relevante recaban información. La cuestión estratégica aparece cuando
esas actividades pretenden penetrar decisiones políticas, comprometer
comunicaciones, influir en instituciones o moldear narrativas públicas.
Respecto a Marruecos existe suficiente material público para justificar una
política de contrainteligencia reforzada, pero no para convertir cada acusación
difundida en los medios en un hecho estatal demostrado.
El caso Pegasus es el ejemplo más
sensible. El Parlamento Europeo documentó que los teléfonos del presidente
Pedro Sánchez, la ministra de Defensa Margarita Robles y el ministro del
Interior Fernando Grande-Marlaska fueron infectados, y recogió informaciones
que señalaban a Marruecos como posible responsable. El mismo informe subrayó
que la autoría no había sido confirmada en esos casos concretos. También
sostuvo que existían fuertes indicios de operaciones marroquíes de spyware
contra ciudadanos europeos de alto perfil. Esto justifica mantener una
hipótesis de inteligencia sobre interés y capacidad marroquí de penetrar
comunicaciones españolas, pero no autoriza a afirmar como probado que Rabat
ordenó las intrusiones a los miembros del Gobierno. [S17]
El Parlamento Europeo expresó asimismo en
2023 profunda preocupación por alegaciones de corrupción de eurodiputados
relacionadas con Marruecos y adoptó medidas y resoluciones sobre injerencia
extranjera. La existencia de investigaciones y preocupación institucional es un
hecho; la culpabilidad individual o la existencia de una estructura estatal
concreta requiere decisiones judiciales o evidencia adicional. [S21][S22] Para
España, la lección es preventiva: reforzar transparencia de financiación,
registros de intereses, control de intermediarios, protección de información
sensible y trazabilidad de relaciones económicas de personas con acceso a
decisiones de seguridad nacional.
Las acusaciones sobre compra de medios o
periodistas españoles deben tratarse con idéntico rigor. Puede existir
influencia legítima mediante publicidad, relaciones públicas, diplomacia
pública o propiedad empresarial; puede existir propaganda; y puede existir
financiación clandestina ilícita. Son fenómenos jurídicamente distintos. El
Estado debería identificar beneficiarios finales de sociedades, reforzar
obligaciones de transparencia de financiación extranjera en medios y
organizaciones de influencia, auditar conflictos de interés en asuntos
estratégicos y perseguir únicamente conductas tipificadas. La respuesta
correcta a la sospecha de influencia no es censura, sino transparencia radical.
En contrainteligencia, España debe pasar
de un modelo reactivo a uno de reducción sistemática de superficie de ataque.
Comunicaciones de altos cargos, dispositivos personales, proveedores
tecnológicos, viajes, relaciones empresariales, personal con acceso a
información clasificada, contratación pública sensible y campañas de
desinformación requieren un enfoque integrado. Una relación diplomática buena
no justifica rebajar controles; precisamente los socios con acceso más intenso
disponen de más oportunidades de inteligencia.
7. NARCOTRÁFICO Y CRIMEN ORGANIZADO: AMENAZA
TRANSNACIONAL, NO PRUEBA AUTOMÁTICA DE POLÍTICA DE ESTADO
Marruecos continúa siendo el mayor
proveedor de resina de cannabis al mercado europeo y España constituye una de
las principales puertas de entrada y tránsito. La Agencia de la Unión Europea
sobre Drogas señala que la mayor parte de la resina disponible en Europa
procede de Marruecos y entra en la región a través de España; también
identifica violencia, corrupción y explotación de estructuras empresariales
legales como facilitadores de las redes criminales del mercado de cannabis.
[S23][S24]
Esta realidad tiene consecuencias
estratégicas para España: presión sobre Guardia Civil, Policía Nacional,
Aduanas, puertos y costas; corrupción local; blanqueo de capitales; capacidad
de redes criminales para adquirir embarcaciones de alta velocidad, comunicaciones
cifradas y armamento; y erosión de la autoridad del Estado en determinadas
zonas. El vínculo geográfico con Marruecos es claro. Lo que no puede inferirse
automáticamente es que el Estado marroquí dirija el narcotráfico. Confundir
crimen organizado originado o facilitado por condiciones en Marruecos con
política oficial marroquí sería metodológicamente defectuoso.
La respuesta española debe separar
cooperación policial con Marruecos de evaluación estratégica. Madrid puede
reconocer operaciones conjuntas útiles y, al mismo tiempo, exigir resultados
verificables, intercambio de inteligencia, control de costas, investigación
patrimonial y cooperación judicial. La dependencia de la cooperación marroquí
no debe impedir desarrollar capacidades españolas autónomas: vigilancia
marítima persistente, integración de sensores, análisis financiero,
inteligencia sobre redes logísticas y presión sobre infraestructura de blanqueo
dentro de España y la UE.
Un escenario híbrido agravado surgiría si
redes criminales fuesen toleradas selectivamente o utilizadas para incrementar
presión sin vínculo estatal fácilmente atribuible. Ese escenario debe
analizarse como hipótesis, no como hecho. Los indicadores serían cambios
abruptos en patrones de salida, coincidencia temporal con crisis diplomáticas,
disminución selectiva de interdicciones, inteligencia humana convergente y
coordinación entre redes normalmente competidoras. Sin esos elementos, la
explicación principal debe seguir siendo crimen organizado con fines
económicos.
8. REARME MARROQUÍ Y TRANSFORMACIÓN DEL EQUILIBRIO
MILITAR REGIONAL
Marruecos está modernizando sus Fuerzas
Armadas a un ritmo que altera gradualmente el entorno estratégico del Estrecho
y del Magreb. La cooperación estadounidense incluye F-16 Block 72, helicópteros
Apache AH-64E, HIMARS, misiles antibuque Harpoon, armas aire-aire AIM-9X, JSOW,
radares y sistemas de comunicaciones. El valor de los casos activos de ventas
gobierno a gobierno de Estados Unidos citado por el Departamento de Estado
supera los 8.500 millones de dólares. [S04]
El elemento más importante no es una
plataforma concreta, sino la transición desde unas fuerzas centradas en defensa
territorial y el Sáhara hacia capacidades más integradas de precisión,
inteligencia, vigilancia, defensa aérea, ataque a distancia, movilidad y mando
y control. African Lion 26 entrenó operaciones sincronizadas en dominios
terrestre, aéreo, marítimo, cibernético y espacial. La utilidad principal de
esos ejercicios es interoperabilidad con Estados Unidos y socios, pero el
efecto colateral es elevar la competencia profesional y tecnológica de las
Fuerzas Armadas Reales. [S05]
La relación con Israel añade acceso a
tecnologías de defensa, planificación, industria y sistemas no tripulados. En
enero de 2026 Israel y Marruecos firmaron un plan militar conjunto anual en el
marco de su Comité Militar Conjunto. El Instituto Español de Estudios
Estratégicos ha señalado que Rabat mantuvo y reforzó durante 2025 relaciones
militares y de seguridad con Israel, con compras de armamento y transferencia
tecnológica. [S08][S25]
El principal adversario de referencia
para buena parte del rearme marroquí sigue siendo Argelia, y el Sáhara
Occidental continúa absorbiendo atención, recursos y doctrina. España no debe
convertir automáticamente toda adquisición marroquí en amenaza directa. Pero un
planeamiento militar profesional nunca evalúa únicamente intenciones presentes.
Las capacidades compradas para un conflicto pueden utilizarse en otro si cambia
el contexto político. El Estado español debe actualizar de manera continua
modelos de balance de fuerzas, tiempos de alerta, protección de
infraestructuras y capacidad de refuerzo de Ceuta, Melilla y Canarias.
La conclusión militar no es que una
guerra sea inminente. Es que el coste de cualquier error de cálculo futuro
aumenta a medida que Marruecos dispone de mejores capacidades. La disuasión
española depende de conservar superioridades claras en conciencia situacional,
defensa aérea y marítima, logística, mando, inteligencia, guerra electrónica,
protección de infraestructuras y capacidad de refuerzo, además de mantener
alianzas creíbles.
9. EJE EXTERIOR: ESTADOS UNIDOS, ISRAEL Y LA POSICIÓN
RELATIVA DE ESPAÑA
La relación España-Estados Unidos sigue
teniendo fundamentos estructurales muy sólidos. El Convenio sobre Cooperación
para la Defensa de 1988 y sus protocolos continúa regulando el uso
estadounidense de instalaciones bajo plena soberanía española, y ambos países
son aliados en la OTAN. Por tanto, hablar de ruptura española con Washington
sería incorrecto. [S09]
Sin embargo, 2026 ha introducido una
fricción política excepcional. España negó a Estados Unidos el uso de Rota y
Morón para operaciones vinculadas a la guerra de Irán, decisión confirmada por
el propio presidente del Gobierno. En julio, el presidente estadounidense
amenazó con paralizar el comercio con España por discrepancias sobre gasto de
defensa y la posición española ante Irán, aunque posteriormente moderó parte de
su retórica. Estas tensiones no destruyen la alianza, pero reducen la comodidad
política con la que Madrid podría contar en una crisis simultánea con un socio
norteafricano importante para Washington. [S06][S07]
Marruecos, en cambio, mantiene con
Estados Unidos un vínculo militar de largo plazo, estatus de Major Non-NATO
Ally y entrenamiento anual a gran escala. Washington también reconoce la
importancia marroquí en seguridad africana y magrebí. Una crisis
España-Marruecos plantearía por tanto una situación distinta de una agresión de
un adversario declarado de la OTAN: Estados Unidos tendría fuertes incentivos
para apoyar la integridad de un aliado formal, pero también para preservar su
asociación con Rabat y evitar una guerra regional. La hipótesis más prudente
para España no es “Estados Unidos elegirá a Marruecos”, sino “Estados Unidos
intentará controlar la escalada y su apoyo político o militar concreto
dependerá del grado de atribución, del iniciador y de la claridad jurídica de
la agresión”.
Con Israel la divergencia actual es más
profunda. España retiró permanentemente a su embajador en marzo de 2026 en un
contexto de deterioro por Gaza, Palestina e Irán. Marruecos, por el contrario,
conserva y amplía cooperación militar israelí. Esta geometría puede traducirse
en ventaja tecnológica y de interlocución para Rabat, pero no prueba una
política israelí anti-española. La respuesta española sensata sería reconstruir
canales de seguridad con Israel en aquellos ámbitos compatibles con la política
exterior española y evitar que desacuerdos políticos eliminen interlocución
estratégica de crisis. [S08][S26]
La conclusión de este capítulo es de
autonomía estratégica: España no debe basar la defensa de su territorio en la
expectativa psicológica de que Washington resolverá el problema. Debe llegar a
cualquier consulta aliada habiendo contenido ya la crisis, con atribución
sólida, iniciativa diplomática y una posición militar estable. Las alianzas
multiplican poder; no sustituyen capacidad nacional.
10. CANARIAS, FACHADA ATLÁNTICA, SÁHARA OCCIDENTAL Y RIF
Canarias debe ocupar un lugar central en
el análisis por razones geográficas, marítimas, económicas, militares y
energéticas. No existe base suficiente para equiparar su situación a la
reivindicación oficial marroquí sobre Ceuta y Melilla. La cuestión verificable
es la existencia de intereses y negociaciones sobre delimitación de espacios
marítimos en la fachada atlántica, reactivadas en 2022, con participación e
interés directo del Gobierno de Canarias. [S27] En un informe serio, esta
distinción es esencial: inflar una reclamación no demostrada debilitaría los
argumentos que sí están probados.
El Sáhara Occidental es el núcleo
estratégico de la política exterior marroquí. En 2022 España pasó a describir
la propuesta marroquí de autonomía como la base más seria, creíble y realista
para resolver el conflicto, manteniendo formalmente que la solución debe
producirse en el marco de Naciones Unidas y ser mutuamente aceptable. [S28]
Para Rabat, el apoyo internacional a su posición sobre el Sáhara es un objetivo
de Estado. Para España, la decisión de 2022 produjo beneficios en la
normalización bilateral pero también costes con Argelia y controversia interna.
Cualquier uso futuro de la cuestión saharaui como instrumento de presión debe
valorar esos efectos cruzados.
Si Marruecos ejerciera coerción grave
contra territorio español, España dispondría de opciones políticas legítimas
respecto al Sáhara sin necesidad de recurrir a operaciones clandestinas: volver
a una posición estrictamente neutral centrada en autodeterminación bajo
Naciones Unidas; elevar el apoyo diplomático al proceso de la ONU; aumentar
asistencia humanitaria a refugiados saharauis; reforzar relaciones con Argelia;
revisar en el marco europeo la aplicación territorial de acuerdos y recursos; y
someter la política española de 2022 a una reconsideración explícita. Estas
medidas representarían un coste político real para Rabat y se mantendrían
dentro de instrumentos estatales abiertos.
El Rif constituye una cuestión diferente.
El movimiento Hirak y la situación de figuras como Nasser Zefzafi han generado
condenas y preocupación del Parlamento Europeo, que ha reclamado liberaciones y
respeto de derechos. [S22] España puede legítimamente apoyar derechos humanos,
libertades civiles, identidad cultural, asociaciones legales, investigación
académica y escrutinio europeo sobre el Rif. Puede recibir a disidentes
conforme a derecho y facilitar que sus demandas pacíficas tengan voz. Lo que no
debería hacer es financiar clandestinamente una insurgencia, suministrar armas
o diseñar sabotaje interno: además de ilegal, convertiría a España en el tipo
de actor desestabilizador que este informe pretende contener.
Una eventual modificación española hacia
el reconocimiento político de una reivindicación independentista rifeña sería
una escalada diplomática extrema y tendría que ser evaluada por legalidad,
legitimidad, representatividad real del movimiento, reacción marroquí, impacto
en ciudadanos españoles y precedentes internacionales. Puede estudiarse como
escenario prospectivo de presión máxima, pero no debe confundirse con una
recomendación automática. La mejor palanca es la condicionalidad política y
europea, no la guerra por terceros.
11. INTERDEPENDENCIA ECONÓMICA, ENERGÉTICA Y COMERCIAL:
PODER Y VULNERABILIDAD
La relación económica es una de las
mayores fortalezas y a la vez una de las principales restricciones españolas.
La UE es el mayor socio comercial e inversor extranjero de Marruecos. En 2025
el comercio bilateral de bienes UE-Marruecos alcanzó 62.200 millones de euros.
España es desde hace años el principal socio comercial de Marruecos; Exteriores
registró en 2024 un volumen bilateral superior a 22.600 millones de euros, con
más de 6.000 empresas españolas exportadoras regulares y centenares de filiales
o participaciones. [S13][S18]
Esta estructura ofrece a España un poder
potencial muy superior al que posee en la esfera puramente bilateral si
consigue europeizar cualquier paquete coercitivo. Medidas nacionales aisladas
pueden desviarse a Francia, Italia u otros mercados; medidas europeas
coordinadas afectan acceso a mercado, inversión, financiación, visados,
contratación y cadenas de suministro. La primera recomendación económica es por
tanto política: preparar de antemano con Bruselas un menú de sanciones o
restricciones activables ante coerción grave o agresión, evitando comenzar la
negociación europea cuando la crisis ya esté en marcha.
En electricidad existen dos líneas de 400
kV que conectan Tarifa y Fardioua. Red Eléctrica publica capacidades máximas de
intercambio que permiten exportación desde España hacia Marruecos y también
importación en sentido contrario. Datos de 2025 muestran meses con saldo
claramente exportador español hacia Marruecos. [S14][S15] La interconexión es
por tanto una palanca tangible, pero también una infraestructura compartida y
regulada. Suspender flujos por razones políticas exigiría base jurídica,
evaluación de contratos, coordinación de operadores y análisis de repercusiones
sobre precios y credibilidad regulatoria.
En gas, la conexión de Tarifa del
gasoducto Magreb-Europa dejó de importar gas argelino a través de Marruecos en
2021 y fue habilitada para flujo inverso desde España a Marruecos. El plan
preventivo del sistema gasista español 2023-2026 recoge una capacidad de
exportación de 32 GWh/día y el inicio de flujos en junio de 2022. [S16] Esta
situación significa que “cortar el gas a Marruecos” no equivale a cerrar una
dependencia española crítica de gas marroquí; en determinadas condiciones,
España es plataforma de suministro hacia Marruecos. Aun así, cualquier
suspensión debe ser entendida como medida coercitiva grave con efectos
contractuales y diplomáticos.
La estrategia económica propuesta se
organiza por escalones. En una crisis limitada: revisión de financiación
pública, licencias sensibles y cooperación no esencial. En coerción híbrida
atribuida: restricciones de visados a responsables, auditorías de inversiones,
controles reforzados, congelación de nuevos proyectos estratégicos y petición
de medidas europeas. En agresión armada: suspensión de cooperación económica no
humanitaria, sanciones financieras, restricciones tecnológicas, revisión de
interconexiones y movilización de instrumentos comerciales de la UE. La regla
es maximizar el coste para las élites y capacidades estatales responsables
minimizando el daño a población civil española y marroquí.
Una política de “cortar todo” desde el
primer día sería poco profesional. La coerción eficaz necesita reversibilidad,
graduación y señalización: cada escalón debe poder levantarse si cesa la
conducta hostil y debe reservar medidas superiores para impedir que el
adversario crea que España ya ha agotado todas sus herramientas.
12. UNIÓN EUROPEA: SOLIDARIDAD JURÍDICA, AMBIGÜEDAD
POLÍTICA Y PROBLEMA DEL TIEMPO DE REACCIÓN
La hipótesis de que España podría
sentirse sola durante la fase inicial de una crisis es plausible, pero debe
formularse con precisión. La UE no carece de obligaciones de solidaridad. El
artículo 42.7 del Tratado de la Unión Europea establece que, si un Estado
miembro es víctima de agresión armada en su territorio, los demás tienen
obligación de prestarle ayuda y asistencia por todos los medios a su alcance,
conforme al artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas. [S10] Esta obligación
es jurídicamente más fuerte que una declaración política de apoyo.
El problema reside en la
operacionalización. Francia invocó el artículo 42.7 tras los atentados de París
de 2015 y recibió respaldo unánime, pero la asistencia se organizó
bilateralmente entre Estados, no mediante un mecanismo automático comparable a
una estructura militar permanente de la UE. [S11] En una crisis convencional
clara contra España, el apoyo político europeo sería previsiblemente alto, pero
la forma, velocidad y volumen de la contribución militar variarían entre
capitales.
En una crisis híbrida el riesgo de
ambigüedad aumenta. La reunión extraordinaria de ministros de Interior del 4 de
agosto de 2026 manifestó solidaridad unánime con España y disposición a
proteger las fronteras exteriores, pero el marco dominante fue migración
ilegal, retornos, lucha contra redes de tráfico y apoyo de agencias. [S12] La
Comisión siguió trabajando simultáneamente con España y Marruecos. Para Rabat,
si pretendiera ejercer presión sin desencadenar una reacción europea dura, la
zona gris entre emergencia migratoria y agresión estatal sería racionalmente
atractiva.
Los intereses europeos en Marruecos
también moderan incentivos. Comercio, inversión, cooperación migratoria, lucha
antiterrorista, cadenas industriales, energía y estabilidad del Mediterráneo
occidental llevan a varios Estados a preferir negociación y desescalada. En una
disputa donde la atribución fuese controvertida, algunos socios podrían
priorizar restablecer cooperación con Rabat antes que imponer sanciones
severas. Esa conducta no implicaría necesariamente deslealtad a España;
reflejaría intereses nacionales divergentes.
La contramedida española debe ser
preventiva. Madrid necesita transformar la defensa de Ceuta y Melilla en una
cuestión europea antes de la próxima crisis: ejercicios políticos de gestión de
crisis, escenarios en el Consejo, protocolos de Frontex y Europol, acuerdos
sobre atribución híbrida, mecanismos de financiación de emergencia y definición
previa de umbrales para sanciones. España debe evitar que, cuando llegue una
crisis, cada capital europea esté decidiendo por primera vez qué significan
Ceuta y Melilla para su propia seguridad.
13. OTAN Y ESTADOS UNIDOS: GARANTÍAS REALES, ZONAS
GRISES Y LÍMITES
El artículo 5 del Tratado del Atlántico
Norte establece que un ataque armado contra una parte será considerado ataque
contra todas y que cada aliado adoptará las medidas que juzgue necesarias,
incluido el empleo de fuerza armada. El artículo 6 define el ámbito geográfico
relevante e incluye territorios de las partes en Europa o Norteamérica,
Turquía, islas bajo jurisdicción aliada en el Atlántico Norte al norte del
Trópico de Cáncer, y fuerzas, buques o aeronaves en el Mediterráneo. [S29]
Canarias se encuentra al norte del
Trópico de Cáncer y encaja con claridad en la referencia insular del artículo
6. Ceuta y Melilla presentan una cuestión interpretativa más discutida porque
están geográficamente en África aunque sean territorio español y europeo. La
prudencia estratégica exige no descansar en una lectura automática. España
debería buscar una clarificación política aliada inequívoca de que una agresión
contra cualquiera de sus territorios soberanos sería tratada como una amenaza a
la seguridad de la Alianza, además de utilizar el artículo 4 para consultas
ante amenazas previas.
Incluso dentro del artículo 5, la
respuesta no está preprogramada de forma idéntica para todos los aliados; cada
Estado adopta las medidas que considere necesarias. La fortaleza de la OTAN
reside en la expectativa política de respuesta colectiva y en la integración
militar, no en un algoritmo jurídico. Por ello, la credibilidad española se
beneficiaría de ejercicios aliados en el flanco sur, presencia y visitas de
fuerzas aliadas, planificación de contingencia, interoperabilidad y
comunicación política previa.
La relación estadounidense con Marruecos
no anula las obligaciones aliadas con España, pero sí refuerza la probabilidad
de una intensa presión de Washington para detener rápidamente cualquier
escalada. España debe prepararse para que su aliado principal actúe
simultáneamente como aliado de Madrid y socio estratégico de Rabat. La mejor
posición española sería llegar a esa mediación sin territorio perdido, sin
dependencia logística crítica y con una atribución internacionalmente
convincente de quién inició la agresión.
14. ESCENARIOS 2026–2035: DE LA COOPERACIÓN TENSA AL
CONFLICTO ARMADO
El propósito de los escenarios no es
adivinar el futuro, sino impedir que el Estado sea sorprendido por futuros
plausibles. Se han definido seis niveles de escalada. Ninguno implica que
Marruecos tenga hoy decidido ejecutarlo. Cada nivel combina objetivos posibles,
señales de alerta y respuesta española recomendada a nivel estratégico, sin
detallar procedimientos tácticos de ataque.
|
Nivel |
Descripción |
Objetivo posible de Rabat |
Indicadores |
Respuesta española |
|
0 |
Cooperación
competitiva |
Maximizar
influencia sin crisis abierta |
Acuerdos,
rearme, presión diplomática normal |
Reciprocidad,
vigilancia, reducción de dependencias |
|
1 |
Presión
política/económica |
Obtener
concesiones en Sáhara, fronteras o agenda bilateral |
Retórica
territorial, trabas aduaneras, campañas diplomáticas |
Respuesta
diplomática coordinada, UE, medidas económicas limitadas |
|
2 |
Coerción
híbrida ambigua |
Generar costes
internos sin asumir autoría clara |
Afluencias
anómalas, desinformación, ciberincidentes, incidentes marítimos |
Atribución,
resiliencia, contrainteligencia, Frontex/UE, sanciones selectivas |
|
3 |
Crisis
territorial controlada |
Forzar
negociación bajo presión |
Movilización
visible, incidentes fronterizos repetidos, restricciones de acceso |
Refuerzo
defensivo, Art. 4 OTAN, 42.7 preparado, aislamiento diplomático |
|
4 |
Incidente
armado limitado |
Crear hecho
consumado local o medir voluntad española |
Cambios de
despliegue, alertas logísticas, ruptura cooperación militar/diplomática |
Defensa
inmediata, control del territorio, consultas aliadas, coerción económica
amplia |
|
5 |
Agresión
convencional |
Alterar
soberanía por fuerza |
Movilización
amplia, preparación sostenida, ruptura diplomática y señales militares
convergentes |
Legítima
defensa, movilización nacional, asistencia UE/OTAN, objetivo de restaurar
integridad territorial |
El escenario más peligroso para España no
es necesariamente el nivel 5, porque una agresión convencional produciría
atribución clara y aumentaría la probabilidad de apoyo europeo y aliado.
Estratégicamente, los niveles 2 y 3 pueden ser más difíciles: presión
suficiente para imponer costes, pero no tan clara como para generar unanimidad
internacional. La prioridad española debe ser acortar la zona gris mediante
mejores capacidades de atribución, umbrales políticos previamente definidos y
respuestas automáticas proporcionadas.
Un escenario marroquí racional de
presión, si llegara a diseñarse, tendería probablemente a comenzar por medidas
negables o reversibles: endurecimiento diplomático, movilización de narrativas
sobre soberanía, presión fronteriza o comercial, incidentes cuya autoría o
intención sea discutible y demostraciones militares. Sólo después, si España
mostrara desorganización o aislamiento, podría aumentar la coerción. Esta
descripción es un modelo prospectivo de comportamiento estatal, no una
afirmación de que exista un plan marroquí conocido ni un manual operativo de
ataque.
15. ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE CONTRAMEDIDAS: POLÍTICA,
INTELIGENCIA, ECONOMÍA, DIPLOMACIA Y RESILIENCIA
La respuesta española debe organizarse
antes de la crisis mediante una “escalera nacional de reciprocidad”. Cada
conducta hostil predefinida debe tener una familia de respuestas asociadas.
Esto evita dos errores opuestos: la pasividad prolongada por miedo a escalar y
la reacción desproporcionada improvisada que perjudique a España. El objetivo
de la escalera no es castigar por castigar, sino modificar el cálculo
coste-beneficio de Rabat.
En el plano político, España debería
declarar de forma permanente que la soberanía de Ceuta y Melilla no es materia
de negociación, que cualquier discrepancia marítima se resolverá exclusivamente
conforme al derecho internacional y que la cooperación bilateral es
condicionada a reciprocidad. Los grandes acuerdos económicos o migratorios
deberían incluir mecanismos verificables de cumplimiento y cláusulas de
revisión ante acciones unilaterales.
En inteligencia y contrainteligencia, se
propone una célula permanente interministerial dedicada al Magreb occidental
que integre inteligencia exterior, interior, ciberseguridad, crimen organizado,
economía, energía, desinformación y protección de infraestructuras. La
información debe compartirse con criterios de necesidad operativa y existir un
cuadro de indicadores actualizado semanalmente en periodos normales y
diariamente en crisis. La protección de comunicaciones de altos cargos debe
considerarse un elemento de soberanía, no mera ciber higiene.
En el plano diplomático, España necesita
reducir la bilateralización. Todo episodio de presión territorial debe ser
presentado inmediatamente en Bruselas, principales capitales europeas y
Washington con un paquete de pruebas, narrativa jurídica y solicitud concreta.
La diplomacia de crisis no puede limitarse a pedir solidaridad genérica. Debe
decir a los aliados qué se necesita: declaraciones, presencia, inteligencia,
sanciones, Frontex, vigilancia marítima, cooperación cibernética o apoyo
logístico.
En economía, el Estado debe elaborar un
“mapa de coerción” clasificado que identifique dependencias marroquíes de
España y la UE y vulnerabilidades españolas frente a represalias. Las medidas
deben priorizar tecnología dual, financiación, visados oficiales, proyectos
estratégicos y acceso a instrumentos europeos antes que restricciones
indiscriminadas contra población o pequeñas empresas. Las interconexiones
energéticas deben figurar como último escalón económico antes de una ruptura
general, porque afectan credibilidad contractual y pueden generar represalias
cruzadas.
En el plano social, el Estado debe evitar
que una crisis con el Gobierno marroquí se transforme en confrontación con
ciudadanos españoles de origen marroquí o con la comunidad marroquí residente
en España. Esa fractura sería un multiplicador de vulnerabilidad. La respuesta
a injerencia extranjera debe individualizar responsabilidades y proteger
derechos constitucionales. Una potencia exterior obtiene ventaja si consigue
que España confunda lealtad nacional con origen familiar o religión.
En el Sáhara y el Rif, las opciones
legítimas deben formar parte del menú de presión política, pero con límites
claros. España puede modificar posiciones diplomáticas, aumentar apoyo a
procesos de Naciones Unidas, ampliar contacto con actores saharauis, condicionar
acuerdos europeos y elevar la cuestión de derechos humanos en el Rif. No
debería financiar clandestinamente violencia ni crear grupos armados. La
superioridad estratégica de una democracia consiste también en poder ejercer
presión mediante derecho, instituciones y alianzas sin adoptar métodos que
deterioren su propia legitimidad.
16. DISUASIÓN Y DEFENSA MILITAR: EMPLEO LEGÍTIMO DE LA
FUERZA Y LÍMITES DE UN INFORME ABIERTO
La Constitución española atribuye a las
Fuerzas Armadas la misión de garantizar la soberanía e independencia de España
y defender su integridad territorial. La Ley Orgánica de la Defensa Nacional
reproduce esa misión y establece su contribución a la seguridad y defensa de
España y de sus aliados. [S30][S31] Por tanto, un informe de seguridad sobre
Ceuta, Melilla y Canarias que excluyera por principio el instrumento militar
sería incompleto.
La fuerza, sin embargo, debe situarse
dentro de una doctrina de defensa y disuasión. El objetivo no es diseñar
operaciones ofensivas contra Marruecos, seleccionar blancos ni describir
secuencias tácticas. El objetivo estratégico es que cualquier agresor sepa que
España conservará el control de su territorio, protegerá a su población,
reforzará sus posiciones, mantendrá libertad de navegación y comunicaciones, y
ejercerá legítima defensa en la medida necesaria para detener una agresión y
restaurar la integridad territorial.
La prioridad militar en Ceuta y Melilla
es impedir un hecho consumado. La capacidad decisiva no es únicamente el número
de efectivos presentes, sino la combinación de alerta temprana, protección
aérea, vigilancia marítima, comunicaciones seguras, reservas logísticas,
defensa de puertos y aeropuertos, movilidad de refuerzos, coordinación con
Guardia Civil y Policía Nacional, redundancia energética y mando conjunto. La
defensa debe poder continuar, aunque existan ciberataques, interferencias,
desinformación y presión simultánea sobre infraestructura civil.
Canarias requiere una lógica de
profundidad estratégica distinta: vigilancia del espacio aéreo y marítimo,
protección de puertos y aeropuertos, seguridad de cables e infraestructuras,
disponibilidad logística, capacidad de recepción de refuerzos y coordinación
aliada. Su posición atlántica y su cobertura más clara dentro del artículo 6 de
la OTAN reducen algunas ambigüedades jurídicas, pero no eliminan la necesidad
de capacidad nacional inmediata.
La disuasión también depende de la
voluntad política visible. Fuerzas capaces pero percibidas como políticamente
inutilizables disuaden menos. España debería comunicar que utilizará todos los
instrumentos legales necesarios para defender cualquier territorio soberano
frente a agresión armada, sin amenazas grandilocuentes ni retórica preventiva
de guerra. La firmeza más creíble es la que descansa en capacidades reales y
reglas conocidas.
En un ataque armado inequívoco, la
secuencia estratégica sería: contener y proteger población; asegurar mando y
comunicaciones; evitar pérdida o aislamiento territorial; activar mecanismos
nacionales de defensa; solicitar consultas y asistencia europea y aliada;
documentar la agresión para legitimidad internacional; y emplear fuerza
únicamente en la medida necesaria para detenerla y restaurar seguridad. Este
informe no desarrolla blancos, rutas, volúmenes de fuego, vulnerabilidades
técnicas de instalaciones ni procedimientos que pudieran funcionar como
instrucciones operativas de ataque.
17. SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA E INDICADORES DE ESCALADA
El valor de la inteligencia estratégica
reside menos en predecir la fecha de una crisis que en detectar cambios de
patrón. España debería mantener un índice de alerta Marruecos con indicadores
políticos, informativos, migratorios, económicos, policiales y militares.
Ningún indicador aislado justificaría concluir que se prepara una agresión; la
relevancia surge de la convergencia y de la ruptura con líneas base históricas.
Entre los indicadores políticos
figurarían un aumento coordinado de reivindicaciones oficiales sobre Ceuta y
Melilla, ruptura de canales bilaterales, retirada de embajadores, cancelación
de reuniones, campañas diplomáticas internacionales o cambios en lenguaje de la
monarquía. Entre los económicos: obstáculos selectivos a empresas españolas,
aduanas, transportes o cooperación sectorial coincidentes con demandas
políticas. Entre los migratorios: relajación abrupta de controles,
concentración anormal de personas en áreas fronterizas, desinformación que
anuncie aperturas o reducción simultánea de readmisiones.
En el dominio informativo, España debería
observar narrativas sincronizadas que cuestionen legitimidad española, campañas
dirigidas a polarizar Ceuta o Melilla, falsedades sobre actuaciones de fuerzas
de seguridad y amplificación coordinada desde redes vinculadas a intereses
estatales. En ciberseguridad, un incremento de reconocimiento de redes,
phishing contra autoridades, intrusiones en operadores esenciales o campañas de
filtraciones debería integrarse con el resto de indicadores, no estudiarse
aisladamente.
En el ámbito militar, los cambios
relevantes serían alteraciones sostenidas de despliegues, ejercicios no
habituales próximos a áreas sensibles, aumento de preparación logística,
actividad aérea o marítima anormal, modificaciones en permisos, reservas o comunicaciones
y suspensión de mecanismos de enlace. La existencia de ejercicios por sí sola
no constituye amenaza; el indicador es la combinación de escala, localización,
duración, discurso político y otras señales de crisis.
La salida del sistema debería ser una
escala sencilla de cinco colores o niveles, vinculada a decisiones previamente
aprobadas. La inteligencia que no cambia decisiones es únicamente información.
Cada nivel debe activar medidas concretas de coordinación, comunicación
pública, protección de infraestructuras, presencia policial o militar,
contactos con aliados y preparación económica.
18. RECOMENDACIONES PRIORITARIAS POR HORIZONTE TEMPORAL
En los primeros 90 días, España debería
completar una revisión interministerial de la crisis de Ceuta, establecer una
célula permanente de seguimiento del Magreb, actualizar planes de contingencia
de Ceuta y Melilla, reforzar seguridad de comunicaciones de altos cargos,
inventariar dependencias económicas y energéticas y abrir consultas discretas
con UE y OTAN sobre escenarios híbridos en las ciudades. También debería
establecer un protocolo de atribución pública para evitar declaraciones
contradictorias entre ministerios durante una crisis.
En ese mismo horizonte debería aprobarse
un paquete de ejecución de retornos para crisis extraordinarias: inventario
nacional de plazas y transporte, equipos móviles de identificación, refuerzo
temporal de oficinas de extranjería, turnos judiciales especializados, canal
consular permanente con Marruecos y propuesta legislativa para revisar los
plazos y medidas cautelares que hoy limiten la ejecución. Debe diferenciarse
entre prestaciones mínimas jurídicamente exigibles durante la tramitación y
programas discrecionales de integración, que no deberían activarse
automáticamente para personas sometidas a una decisión ejecutiva de retorno.
[S33][S38][S40]
En un horizonte de uno a dos años, la
prioridad es resiliencia. Deben ampliarse capacidades de acogida temporal
escalable, inteligencia fronteriza, protección de puertos y aeropuertos,
redundancia de comunicaciones, vigilancia marítima y ciberdefensa. En paralelo,
España debería promover ejercicios europeos de gestión de crisis en Ceuta y
Melilla y lograr que el flanco sur tenga presencia constante en planificación
aliada. La política económica debe reducir concentraciones de riesgo sin romper
relaciones comerciales beneficiosas.
En un horizonte de tres a cinco años,
España debe asegurar que la modernización militar marroquí no se traduzca en
una disminución de la disuasión española. Esto exige inversión sostenida en
conciencia situacional, defensa aérea y antimisil, sistemas no tripulados,
guerra electrónica, capacidades navales, munición, logística, reserva
estratégica y protección de infraestructuras. El criterio no es igualar
plataforma por plataforma, sino conservar capacidad suficiente para negar
cualquier hecho consumado y sostener una crisis hasta que los mecanismos
aliados entren plenamente en funcionamiento.
En política exterior, Madrid debería
reparar aquellas relaciones con Washington e Israel que puedan repararse sin
abandonar posiciones propias, fortalecer simultáneamente la relación con
Argelia y mantener interlocución profunda con Francia, Portugal, Italia,
Alemania y las instituciones europeas. La autonomía estratégica no significa
equidistancia, sino maximizar el número de actores con interés en que la
soberanía española permanezca estable e incontestable.
La política sobre el Sáhara debe ser
revisable, no rehén de una declaración pasada. Si Marruecos respeta soberanía y
cooperación, España puede mantener la línea que considere compatible con
Naciones Unidas y sus intereses. Si Rabat emplea presión grave contra
territorio español, Madrid debe reservarse expresamente el derecho a
reconsiderar su posición diplomática y todos los instrumentos europeos
asociados. En el Rif, el apoyo español debe mantenerse dentro de derechos
humanos, libertades políticas y sociedad civil pacífica.
La recomendación final es institucional:
aprobar una Estrategia Nacional para el Magreb Occidental con horizonte decenal
y consenso parlamentario suficiente para sobrevivir a alternancias de gobierno.
Marruecos planifica a largo plazo. España no puede responder a una estrategia
de décadas mediante improvisaciones de semanas.
19. CONCLUSIONES
Marruecos no es hoy un enemigo declarado
de España y ninguna evidencia pública permite afirmar que haya decidido iniciar
una guerra para conquistar territorio español. Esa constatación no reduce la
necesidad de preparación. Marruecos mantiene reivindicaciones explícitas sobre
Ceuta y Melilla, posee creciente capacidad militar, controla variables
fronterizas capaces de producir crisis internas en España y desarrolla
relaciones estratégicas profundas con actores centrales para la seguridad
occidental. Estos hechos bastan para justificar una política española de
disuasión y resiliencia mucho más exigente.
La crisis de Ceuta de 2026 ha revelado
una vulnerabilidad que debería cerrar definitivamente una etapa conceptual: la
frontera no puede tratarse solamente como asunto migratorio cuando un episodio
simultáneo puede superar capacidades ordinarias y obligar a declarar una
situación de interés para la Seguridad Nacional. La ausencia de prueba
concluyente sobre planificación marroquí no elimina la lección. Un Estado debe
prepararse tanto frente a una acción deliberada como frente a la retirada de
cooperación de un vecino.
La mayor amenaza plausible no es una
invasión convencional repentina. Es una acumulación de presiones situadas por
debajo del umbral de guerra que vaya normalizando concesiones, dependencia,
autocensura política o miedo a responder. La defensa de la soberanía comienza
mucho antes de que aparezcan soldados en una frontera. Comienza en
inteligencia, energía, economía, instituciones, ciberseguridad, diplomacia,
cohesión social y capacidad de definir públicamente una agresión.
España posee más instrumentos de poder de
los que a menudo utiliza. Es una economía avanzada, miembro de la UE y de la
OTAN, controla infraestructuras estratégicas, tiene fuerzas armadas
profesionales, capacidad diplomática y un mercado de enorme importancia para
Marruecos cuando se integra en el poder regulatorio europeo. El problema no es
ausencia de poder, sino necesidad de convertirlo en una estrategia coherente y
previsible.
La Unión Europea probablemente
respaldaría a España con claridad ante una agresión armada inequívoca, pero la
fase híbrida puede generar una respuesta más lenta, técnica y ambigua. Por eso
la hipótesis de trabajo debe ser exigente: España tiene que poder contener por
sí misma la primera fase de una crisis. La ayuda europea y aliada debe llegar a
una España que ya controla la situación, no a una España que espera que otros
decidan si deben controlarla por ella.
En materia migratoria, la doctrina
nacional debe ser igualmente inequívoca. La protección temporal de una persona
que acaba de entrar no equivale a un derecho de residencia. España debe
utilizar plenamente los instrumentos de devolución y expulsión ya existentes y
reformar las leyes nacionales cuando la experiencia demuestre que sus plazos,
capacidades o incentivos son inadecuados. Esa reforma puede endurecer y
acelerar la ejecución dentro del margen que permite el ordenamiento europeo,
pero no puede basarse en privar de alimentación, atención urgente o garantías
básicas para forzar la salida. La fortaleza del Estado se demuestra haciendo
cumplir resoluciones legales con rapidez, no creando condiciones incompatibles
con sus propias obligaciones. [S33][S36][S38][S40]
El empleo de la fuerza debe permanecer
disponible como último instrumento de defensa nacional. No para resolver
disputas políticas, castigar retórica ni desestabilizar Marruecos, sino para
cumplir la función constitucional de defender soberanía e integridad
territorial ante una agresión armada. Una política que excluyera esa
posibilidad de antemano reduciría su propia disuasión. Una política que
recurriera prematuramente a ella destruiría la ventaja diplomática, económica y
jurídica española. La estrategia correcta consiste en hacerla creíble y,
precisamente por ello, menos necesaria.
La doctrina final puede formularse sin
eufemismos: España debe cooperar con Marruecos siempre que la cooperación sea
recíproca; debe responder a la presión con costes proporcionados; debe reducir
cualquier dependencia que pueda convertirse en arma; debe llevar cada amenaza
territorial al marco europeo y aliado antes de que se convierta en crisis; y
debe mantener capacidad nacional suficiente para impedir cualquier hecho
consumado. La soberanía no se negocia bajo coerción. La estabilidad no consiste
en evitar toda fricción, sino en conseguir que ninguna contraparte considere
rentable crearla.
Matriz resumida de certeza
|
Asunto |
Valoración |
Nivel de certeza |
|
Reivindicación
marroquí de Ceuta y Melilla |
Explícita y
reiterada |
ALTA – hecho
verificado |
|
Reivindicación
oficial de Canarias |
No equiparable
a Ceuta/Melilla; sí existen disputas/intereses marítimos |
ALTA sobre
distinción; BAJA para tesis de reclamación territorial oficial |
|
Instrumentalización
migratoria en 2021 |
Reconocida por
el Parlamento Europeo |
ALTA |
|
Planificación
estatal marroquí de crisis de Ceuta 2026 |
No demostrada
públicamente a fecha de referencia |
BAJA/ABIERTA |
|
Pasividad o
relajación marroquí durante la crisis 2026 |
Existencia de
periodo crítico reconocida; interpretación discutida |
MEDIA-ALTA |
|
Marruecos
autor de Pegasus contra Sánchez/Robles/Marlaska |
Hipótesis
señalada, no confirmada |
MEDIA como
hipótesis; NO probado |
|
Injerencia/corrupción
relacionada con Marruecos en instituciones UE |
Alegaciones e
investigaciones institucionalmente documentadas |
MEDIA; depende
de casos judiciales |
|
Rearme
marroquí |
Amplio,
sostenido y documentado |
ALTA |
|
Plan militar
Marruecos-Israel 2026 |
Documentado
públicamente |
ALTA |
|
Ruptura
España-EE.UU. |
No existe; sí
fricción política severa en 2026 |
ALTA |
|
Riesgo de
respuesta UE lenta en crisis híbrida |
Inferencia
basada en estructura institucional e intereses |
MEDIA-ALTA |
|
Necesidad de
capacidad española para primera fase de crisis |
Recomendación
de prudencia estratégica |
ALTA como
recomendación |
|
Retorno como política para quien carece
de derecho de permanencia |
Legalmente disponible con garantías;
ampliable mediante reforma nacional dentro de límites UE/constitucionales |
ALTA – marco jurídico verificado |
FUENTES Y REFERENCIAS PRINCIPALES
[S01] BOE. Real Decreto 681/2026, de 25 de
agosto, situación de interés para la Seguridad Nacional en Ceuta. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-18149
[S02] Reuters, 3 sep 2026. Sánchez afirma que
no existe evidencia concreta de que Marruecos organizara la entrada masiva en
Ceuta. https://www.reuters.com/world/europe/spains-pm-sanchez-says-no-evidence-morocco-orchestrated-ceuta-border-surge-2026-09-03/
[S03] Parlamento Europeo, Resolución de 10
jun 2021 sobre la crisis migratoria de Ceuta y utilización de controles
fronterizos/migración. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0289_EN.html
[S04] U.S. Department of State. U.S. Security
Cooperation with Morocco. https://2021-2025.state.gov/u-s-security-cooperation-with-morocco/
[S05] U.S. AFRICOM, 11 may 2026. Historic
African Lion 26 concludes. https://www.africom.mil/article/36524
[S06] Reuters, 8 jul 2026. Trump orders halt
to US trade with Spain over NATO spending, Iran. https://www.reuters.com/world/trump-says-he-ordered-cutting-off-all-trade-with-spain-2026-07-08/
[S07] La Moncloa, 25 mar 2026. Comparecencia
sobre la guerra en Oriente Próximo y negativa de uso de Rota/Morón. https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/intervenciones/Paginas/2026/20260325-transcripcion-pg-congreso-guerra-iran.aspx
[S08] The Times of Israel, 5 ene 2026. Israel
and Morocco sign joint military work plan for 2026. https://www.timesofisrael.com/liveblog_entry/israel-morocco-sign-joint-military-plan-marking-5-years-since-normalization-of-ties/
[S09] Ministerio de Asuntos Exteriores de
España. Relaciones España–EE.UU. y Convenio de Cooperación para la Defensa. https://www.exteriores.gob.es/Embajadas/washington/es/Embajada/Paginas/Relaciones-Espana-EEUU.aspx
[S10] EUR-Lex. Mutual defence clause —
artículo 42(7) TUE. https://eur-lex.europa.eu/EN/legal-content/glossary/mutual-defence-clause.htm
[S11] Consejo de la UE, 17 nov 2015.
Invocación francesa del artículo 42.7. https://www.consilium.europa.eu/es/meetings/fac/2015/11/16-17/
[S12] Consejo de la UE, 4 ago 2026.
Videoconferencia de ministros de Interior sobre Ceuta. https://www.consilium.europa.eu/es/meetings/jha/2026/08/04/
[S13] Comisión Europea, DG Trade. EU trade
relations with Morocco — datos 2025. https://policy.trade.ec.europa.eu/eu-trade-relationships-country-and-region/countries-and-regions/morocco_en
[S14] Red Eléctrica. Interconexiones
internacionales España–Marruecos. https://www.ree.es/es/transicion-ecologica/interconexiones
[S15] Red Eléctrica, Boletín mensual de
energía eléctrica, octubre 2025. https://www.ree.es/sites/default/files/publication/2025/11/downloadable/boletin-mensual-octubre-2025.pdf
[S16] MITECO. Plan de Acción Preventivo del
sistema gasista español 2023–2026. https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/energia/files-1/_layouts/15/Propuesta%20de%20Plan%20de%20Acci%C3%B3n%20Preventivo-67413.pdf
[S17] Parlamento Europeo. Informe PEGA sobre
Pegasus y programas espía equivalentes, 2023. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0189_ES.html
[S18] Ministerio de Asuntos Exteriores de
España, 2025. Relaciones y comercio España–Marruecos. https://www.exteriores.gob.es/eu/Comunicacion/NotasPrensa/Paginas/2025_NOTAS_P/Albares-recibe-a-su-homologo-marroqui-Nasser-Bourita-para-hacer-un-repaso-del-excelente-estado-de-la-relacion-bilateral.aspx
[S19] Reuters, 12 ago 2026. Spain rejects
discussing sovereignty of Ceuta and Melilla with Morocco. https://www.reuters.com/world/africa/spain-rejects-discussing-sovereignty-enclaves-with-morocco-2026-08-12/
[S20] Comisión Europea, respuesta
parlamentaria 17 may 2022: Schengen y fronteras exteriores de Ceuta y Melilla. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/E-9-2022-000911-ASW_EN.html
[S21] Parlamento Europeo. Procedimiento sobre
alegaciones de corrupción e injerencia, incluidas relacionadas con Marruecos,
2023. https://oeil.europarl.europa.eu/oeil/en/procedure-file?reference=2023%2F2527%28RSP%29
[S22] Parlamento Europeo, Resolución de 19
ene 2023 sobre periodistas en Marruecos y caso Omar Radi. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2023-01-19_EN.html
[S23] EUDA. EU Drug Market: Cannabis —
trafficking and supply. https://www.euda.europa.eu/publications/eu-drug-markets/cannabis/trafficking-and-supply_en
[S24] EUDA. EU Drug Market: Cannabis — key
findings and threat assessment. https://www.euda.europa.eu/publications/eu-drug-markets/cannabis/key-findings-and-threat-assessment_en
[S25] Instituto Español de Estudios
Estratégicos, 2026. The Maghreb in 2025. https://www.defensa.gob.es/documents/2073105/4098013/ieee-2026-maghreb-2025-navigating-changes-analysis48.pdf/5dd9862e-6335-4587-49c0-1ad9eb24a007?t=1780991034671
[S26] Reuters, 11 mar 2026. Spain permanently
withdraws ambassador as rift with Israel deepens. https://www.reuters.com/world/middle-east/spain-removes-ambassador-israel-2026-03-11/
[S27] La Moncloa, 8 jun 2022. Reactivación
del grupo de delimitación de espacios marítimos en la fachada atlántica y
participación canaria. https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/intervenciones/paginas/2022/prsp08062022.aspx
[S28] La Moncloa, 30 mar 2022. Posición
española sobre el Sáhara Occidental y propuesta marroquí de autonomía. https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/intervenciones/paginas/2022/prsp30032022.aspx
[S29] OTAN. Tratado del Atlántico Norte,
artículos 4, 5 y 6. https://www.nato.int/en/about-us/official-texts-and-resources/official-texts/1949/04/04/the-north-atlantic-treaty?selectedLocale=es
[S30] BOE. Constitución Española, artículo 8.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
[S31] BOE. Ley Orgánica 5/2005, de la Defensa
Nacional, artículo 15. https://www.boe.es/eli/es/lo/2005/11/17/5/con
[S32] Marruecos–España, Declaración conjunta
de la XIII Reunión de Alto Nivel, 4 dic 2025. https://diplomatie.ma/es/xiii%C2%A0reunion%C2%A0de%C2%A0alto%C2%A0nivel%C2%A0marruecos-espa%C3%B1a-declaraci%C3%B3n%C2%A0conjunta
[S33] BOE.
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social (texto consolidado; devolución,
expulsión, medidas cautelares e internamiento).
https://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4/con
[S34] BOE.
Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, Reglamento de la Ley Orgánica
4/2000; arts. 165–172 sobre menores extranjeros no acompañados, repatriación y
residencia. https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155
[S35] BOE.
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor; arts. 1
y 2 sobre ámbito de aplicación e interés superior del menor.
https://www.boe.es/eli/es/lo/1996/01/15/1/con
[S36] BOE.
Constitución Española; arts. 13, 15, 24 y 96 sobre extranjeros, integridad,
tutela judicial y tratados internacionales.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
[S37]
Consejo de Europa / TEDH. Protocolo nº 4 del Convenio Europeo de Derechos
Humanos, art. 4: prohibición de expulsiones colectivas y exigencia de examen
individual. https://www.coe.int/en/web/echr-toolkit/protocole-4
[S38]
EUR-Lex. Directiva 2008/115/CE, de 16 de diciembre de 2008, sobre normas y
procedimientos comunes para el retorno de nacionales de terceros países en
situación irregular. https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2008/115/oj?locale=es
[S39] BOE.
Real Decreto 1155/2024 y normativa de extranjería vigente: procedimientos de
retorno y documentación; referencia complementaria para aplicación
administrativa. https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155
[S40]
EUR-Lex. Directiva 2008/115/CE, arts. 8, 15, 17 y 18: ejecución de expulsión,
medidas coercitivas proporcionadas, internamiento y situaciones de emergencia.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32008L0115
Nota metodológica final. La valoración de riesgos y
el marco jurídico se han cerrado con información pública disponible a 7 de
septiembre de 2026. Las propuestas legislativas de este informe distinguen
entre cambios que pueden aprobar las Cortes Generales, reformas reglamentarias
del Gobierno y límites derivados de la Constitución, el Derecho de la Unión
Europea y tratados internacionales. En cuestiones en investigación judicial o
de inteligencia, la ausencia de prueba concluyente se mantiene expresamente diferenciada
de la hipótesis prospectiva.
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