ESPAÑA–MARRUECOS 2026–2035

Evaluación de la presión híbrida, la disputa territorial, el equilibrio estratégico y las opciones nacionales de respuesta

INFORME ESTRATÉGICO DE FUENTES ABIERTAS · VERSIÓN REVISADA

Fecha de referencia: 7 de septiembre de 2026
Horizonte prospectivo: 2026–2035
Nivel: OSINT / No clasificado

Principio rector: cooperación cuando exista reciprocidad; coerción proporcional cuando exista presión; retorno efectivo cuando no exista derecho de permanencia; reforma de las leyes españolas cuando el marco vigente sea insuficiente; y defensa militar inequívoca ante una agresión armada. La soberanía española no puede depender de la voluntad de un Estado que la cuestiona.

Documento elaborado por  José María Pérez Quintana para análisis y debate estratégico. Integra propuestas de reforma legislativa, retorno y gestión de crisis migratorias dentro del marco constitucional, europeo e internacional. No contiene instrucciones operativas para ataques, sabotaje, financiación clandestina de grupos armados ni acciones ilegales de desestabilización.

 


ÍNDICE

0. Resumen ejecutivo

1. Método de evaluación y grados de certeza

2. Diagnóstico estratégico: Marruecos como socio, competidor y desafío estructural

3. Ceuta y Melilla: reivindicación territorial y precedentes de presión

4. Migración como vulnerabilidad estratégica y posible instrumento híbrido

5. Retorno efectivo, control de permanencia y reforma legislativa

6. Inteligencia, influencia, espionaje y penetración institucional: hechos, indicios e hipótesis

7. Narcotráfico y crimen organizado: amenaza transnacional, no prueba automática de política de Estado

8. Rearme marroquí y transformación del equilibrio militar regional

9. Eje exterior: Estados Unidos, Israel y la posición relativa de España

10. Canarias, fachada atlántica, Sáhara Occidental y Rif

11. Interdependencia económica, energética y comercial: poder y vulnerabilidad

12. Unión Europea: solidaridad jurídica, ambigüedad política y problema del tiempo de reacción

13. OTAN y Estados Unidos: garantías reales, zonas grises y límites

14. Escenarios 2026–2035: de la cooperación tensa al conflicto armado

15. Estrategia española de contramedidas: política, inteligencia, economía, diplomacia y resiliencia

16. Disuasión y defensa militar: empleo legítimo de la fuerza y límites de un informe abierto

17. Sistema de alerta temprana e indicadores de escalada

18. Recomendaciones prioritarias por horizonte temporal

19. Conclusiones

Fuentes y referencias principales


 0. RESUMEN

La relación entre España y Marruecos no puede describirse de forma útil mediante las categorías simples de amistad o enemistad. Ambos Estados mantienen una interdependencia económica, policial, migratoria y social profunda, pero esa cooperación convive con una contradicción estratégica de primer orden: Marruecos conserva una reivindicación expresa sobre Ceuta y Melilla, dos ciudades cuya soberanía España considera indiscutible. El problema de seguridad nacional surge precisamente de esa combinación. Un Estado puede ser socio en múltiples ámbitos y, al mismo tiempo, mantener objetivos territoriales incompatibles con los intereses fundamentales del otro. Para España, la política correcta no consiste en negar una de esas dos realidades, sino en administrarlas simultáneamente.

La crisis de Ceuta de los días 30 y 31 de julio de 2026 obliga a elevar el análisis. El Real Decreto 681/2026 declaró una situación de interés para la Seguridad Nacional por la afluencia masiva y simultánea de personas y por la alteración del funcionamiento ordinario de las administraciones, la acogida, la asistencia y la seguridad ciudadana. A fecha de este informe no existe prueba pública concluyente de que el Gobierno marroquí organizara directamente aquella entrada. El presidente del Gobierno ha afirmado que no dispone de evidencia concreta que permita atribuirla a Rabat. Al mismo tiempo, un informe policial citado por Reuters describió una pasividad extraordinaria de las fuerzas marroquíes y el propio Gobierno español reconoció que durante un periodo crítico se permitieron los cruces. La hipótesis de instrumentalización estatal no puede presentarse como un hecho demostrado, pero tampoco puede ser descartada como irrelevante. [S01][S02]

El precedente de mayo de 2021 es inequívocamente relevante. El Parlamento Europeo sostuvo entonces que la policía marroquí había relajado temporalmente los controles, abierto pasos y no impedido la entrada de aproximadamente 9.000 personas en Ceuta, y rechazó la utilización de controles fronterizos y migración para ejercer presión política sobre España. Ese precedente demuestra que la frontera puede convertirse en instrumento de coerción aun sin empleo convencional de fuerzas militares. [S03]

La dimensión militar tampoco puede minimizarse. Marruecos es Major Non-NATO Ally de Estados Unidos, figura entre los mayores compradores africanos de equipo militar estadounidense y mantiene casos activos de ventas militares por miles de millones de dólares, con adquisiciones que incluyen F-16 Block 72, AH-64E Apache, HIMARS, Harpoon, AIM-9X, JSOW y radares avanzados. En 2026 el ejercicio African Lion volvió a entrenar en Marruecos capacidades terrestres, aéreas, marítimas, cibernéticas y espaciales con más de 5.600 participantes de más de cuarenta países. Esto no demuestra una intención de atacar España; sí demuestra una acumulación sostenida de capacidades que España debe incorporar a su planeamiento. [S04][S05]

El entorno diplomático añade un factor de riesgo relativo. España mantiene en 2026 una ruptura política severa con Israel, hasta el punto de haber retirado permanentemente a su embajador, mientras Marruecos e Israel firmaron en enero un plan militar conjunto para 2026. Con Estados Unidos no existe ruptura de la alianza hispano-estadounidense y siguen vigentes los acuerdos de cooperación en defensa, pero se han producido fricciones excepcionales por gasto militar y Oriente Próximo, incluida la negativa española al uso de Rota y Morón para operaciones vinculadas a la guerra de Irán y amenazas comerciales del presidente estadounidense. La conclusión no es que Washington o Jerusalén estén alineados contra España, sino que Rabat ha reforzado su acceso político, militar y tecnológico a dos centros de poder mientras Madrid atraviesa con ellos una fase de fricción. [S06][S07][S08][S09]

Europa ofrece garantías jurídicas importantes, pero no elimina el riesgo de soledad inicial. El artículo 42.7 del Tratado de la Unión Europea obliga a los Estados miembros a prestar ayuda y asistencia a un miembro víctima de agresión armada en su territorio. Sin embargo, la experiencia francesa de 2015 muestra que su aplicación se articula mediante contribuciones estatales y acuerdos políticos, no mediante la entrada automática de un ejército europeo. En una crisis híbrida, el problema sería aún mayor: la discusión sobre atribución y umbral podría retrasar medidas coercitivas. La respuesta europea a Ceuta en agosto de 2026 fue solidaria, pero se formuló primordialmente en términos de migración, frontera y retornos. Por ello, España debe planificar la fase inicial de cualquier crisis grave bajo la premisa de que tendrá que contenerla con medios nacionales. [S10][S11][S12]

La dimensión migratoria exige asimismo abandonar una confusión habitual entre protección provisional y derecho de permanencia. Cuando una persona adulta ha entrado o permanece irregularmente, no solicita protección internacional válida y no concurre ninguna causa jurídica que impida el retorno, la política pública debe orientarse a ejecutar su salida de forma real, rápida y verificable. El ordenamiento vigente ya contiene instrumentos de devolución, expulsión e internamiento judicial; si su velocidad o capacidad resultaran insuficientes ante una afluencia extraordinaria declarada de interés para la Seguridad Nacional, las Cortes Generales deben reformar la legislación aplicable. El objetivo no es privar de necesidades básicas para forzar una salida, sino impedir que la irregularidad genere por sí sola una expectativa material o administrativa de asentamiento. La asistencia mínima exigible durante la tramitación debe coexistir con una política inequívoca de retorno para quien carezca de derecho a permanecer. [S33][S38][S39]

El poder económico español y europeo frente a Marruecos es considerable, pero es bilateralmente costoso. La UE es el primer socio comercial y el mayor inversor extranjero de Marruecos; el comercio de bienes UE-Marruecos alcanzó 62.200 millones de euros en 2025. España, por su parte, registró en 2024 intercambios bilaterales por más de 22.000 millones de euros y miles de empresas españolas operan regularmente con el país. El sistema eléctrico peninsular está interconectado con Marruecos, con capacidad de exportación española significativa, y el gasoducto del Magreb-Europa dispone de reversibilidad para enviar gas desde España a Marruecos. Estas conexiones constituyen palancas potenciales, pero su empleo debería seguir una matriz de costes, contratos, derecho europeo y daño recíproco; cortar indiscriminadamente no es estrategia, sino improvisación. [S13][S14][S15][S16]

Este informe concluye que Marruecos debe ser considerado por España como un socio necesario y, simultáneamente, como un desafío estructural cuya evolución puede afectar a la integridad territorial, la seguridad fronteriza y la autonomía estratégica. La política española óptima no es buscar una confrontación, sino eliminar cualquier expectativa de beneficio derivada de presionar a España. Para ello se propone una doctrina de reciprocidad estratégica, resiliencia nacional, contrainteligencia reforzada, reducción de dependencias, compromiso europeo previo, defensa creíble de Ceuta, Melilla y Canarias, y una escalera de coerción política y económica preparada antes de la crisis. El empleo de la fuerza no se excluye: se reserva para los supuestos jurídicamente legitimados de defensa de la soberanía, la población y el territorio frente a una agresión armada.

1. MÉTODO DE EVALUACIÓN Y GRADOS DE CERTEZA

La principal debilidad de muchos análisis sobre Marruecos consiste en mezclar hechos, sospechas, opiniones políticas e inferencias hasta hacer imposible distinguir qué está demostrado. Este informe adopta el criterio contrario. La contundencia no se obtiene exagerando, sino reduciendo al mínimo los puntos que un lector adversarial pueda desmontar. Cada asunto se valora mediante cuatro niveles: hecho verificado, indicio estratégico, hipótesis de inteligencia y escenario prospectivo. La misma cuestión puede contener simultáneamente elementos de varias categorías.

HECHO VERIFICADO designa una declaración oficial, norma, adquisición, acuerdo, cifra o acontecimiento respaldado por documentación primaria o varias fuentes independientes. INDICIO ESTRATÉGICO identifica un comportamiento acreditado cuyo significado no está probado, pero que es relevante para evaluar intenciones o vulnerabilidades. HIPÓTESIS DE INTELIGENCIA formula una explicación plausible a partir de hechos e indicios, sin convertirla en certeza. ESCENARIO PROSPECTIVO describe una evolución posible, no necesariamente probable, cuyo estudio sirve para preparar respuestas y detectar señales tempranas.

La metodología se aplica especialmente a cuestiones sensibles como Pegasus, influencia política, medios de comunicación, corrupción, narcotráfico, migración, comunidades transnacionales, financiación extranjera o relaciones con terceros Estados. Por ejemplo, está probado que los teléfonos del presidente del Gobierno y de varios ministros españoles fueron infectados con Pegasus; el informe del Parlamento Europeo señaló que Marruecos había sido identificado en medios como posible autor y que existían fuertes indicios de operaciones marroquíes de spyware contra altos cargos europeos, pero también constató que la autoría concreta de los ataques contra los responsables españoles no había quedado confirmada. Presentar a Marruecos como autor material probado sería incorrecto; excluir la hipótesis sería igualmente impropio de un análisis de seguridad. [S17]

Este informe no presupone que Rabat desee una guerra con España. De hecho, el coste económico, diplomático y militar de una guerra convencional sería extremadamente alto para Marruecos. Precisamente por ello se concede especial atención a mecanismos situados por debajo del umbral de guerra: presión migratoria, influencia, desinformación, coerción económica, incidentes fronterizos, disputa jurídica, operaciones cibernéticas, explotación del crimen organizado, presión sobre espacios marítimos y demostraciones militares. La lógica de la competencia contemporánea consiste en obtener resultados políticos sin ofrecer al adversario un momento claro en el que pueda declarar que ha comenzado una guerra.

Por último, el informe aplica una regla de “hipótesis alternativas”. Siempre que una conducta marroquí pueda explicarse de varias maneras se conservarán las alternativas hasta que la evidencia permita discriminar entre ellas. El rearme, por ejemplo, puede responder primordialmente a Argelia y al Sáhara Occidental; puede obedecer a una aspiración general de potencia regional; o puede aumentar simultáneamente la capacidad de presión frente a España. La planificación nacional debe considerar las tres posibilidades, aunque ninguna, por sí sola, pruebe intención hostil.

2. DIAGNÓSTICO ESTRATÉGICO: MARRUECOS COMO SOCIO, COMPETIDOR Y DESAFÍO ESTRUCTURAL

Marruecos posee una característica que obliga a España a huir de planteamientos binarios: su utilidad para intereses españoles es real. Cooperación antiterrorista, control migratorio, comercio, inversiones, conexiones energéticas, pesca, transporte, seguridad marítima y relaciones sociales transfronterizas generan beneficios objetivos. El propio Gobierno español describía todavía en 2025 la relación como excelente y destacaba récords comerciales, cooperación en migración y preparación conjunta del Mundial de 2030. Negar esa realidad produciría una política ideológica, no estratégica. [S18]

El problema aparece cuando esa interdependencia se convierte en asimetría de vulnerabilidad. Madrid necesita que Rabat colabore en áreas capaces de generar crisis domésticas inmediatas, especialmente migración y control fronterizo. Rabat, por su parte, necesita acceso al mercado europeo, inversión, tecnología, infraestructuras, divisas y legitimidad exterior. El equilibrio no es unilateral: ambos pueden causar costes al otro. Una estrategia española eficaz debe transformar esa interdependencia en reciprocidad explícita y reducir aquellas dependencias cuyo corte unilateral produciría daños sociales o territoriales inmediatos en España.

La continuidad estratégica marroquí contrasta con los ciclos políticos españoles. La monarquía alauí puede mantener durante décadas prioridades relacionadas con el Sáhara, la posición regional, las relaciones con las grandes potencias y Ceuta y Melilla. España, en cambio, tiende a reinterpretar la relación con cada crisis, alternando periodos de tensión con narrativas de “nueva etapa”. Esta diferencia de horizonte temporal favorece a quien mantiene objetivos constantes. La consecuencia práctica es que España necesita una política de Estado que sobreviva a gobiernos y que defina intereses irrenunciables, líneas rojas, incentivos y respuestas previamente acordadas.

La doctrina propuesta en este documento puede resumirse así: cooperación sin ingenuidad; interdependencia sin dependencia crítica; apertura sin vulnerabilidad institucional; y disuasión sin búsqueda de confrontación. El objetivo no es convertir Marruecos en enemigo, sino impedir que cualquier Gobierno marroquí considere rentable utilizar la presión sobre España para obtener concesiones de soberanía o decisiones estratégicas. La relación debe poder mejorar cuando Rabat coopera y endurecerse de manera previsible cuando Rabat ejerce coerción.

3. CEUTA Y MELILLA: REIVINDICACIÓN TERRITORIAL Y PRECEDENTES DE PRESIÓN

Ceuta y Melilla no constituyen una disputa territorial simétrica. España ejerce soberanía efectiva, administración plena y responsabilidad constitucional sobre ambas ciudades; Marruecos mantiene una reivindicación histórica y política. En agosto de 2026 el ministro de Justicia marroquí volvió a expresar públicamente esa reclamación y España respondió rechazando cualquier negociación de soberanía. La relevancia estratégica de este hecho es directa: España comparte frontera terrestre con un Estado que cuestiona la titularidad del territorio al otro lado de esa frontera. [S19]

En mayo de 2021, alrededor de 9.000 personas entraron en Ceuta después de que la policía marroquí relajara controles fronterizos. El Parlamento Europeo vinculó la crisis a la disputa diplomática originada por la hospitalización en España del dirigente del Frente Polisario Brahim Ghali y rechazó expresamente la instrumentalización de los controles fronterizos y la migración como medio de presión política. El episodio mostró que la coerción podía ejercerse mediante una modificación administrativa en el lado marroquí sin necesidad de declarar hostilidad ni movilizar unidades militares convencionales. [S03]

La crisis de julio de 2026 multiplicó la escala del problema. El BOE describe una afluencia masiva y simultánea el 30 de julio capaz de superar capacidades ordinarias de gestión, acogida, asistencia y seguridad y de alterar el normal funcionamiento de las administraciones públicas. La declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional no atribuye la operación a Marruecos, pero sí certifica que un episodio fronterizo puede trascender en horas la categoría de inmigración irregular y convertirse en crisis nacional. [S01]

La vulnerabilidad fundamental no consiste únicamente en que Marruecos pueda abrir o cerrar físicamente pasos. Consiste en la dependencia psicológica, administrativa y presupuestaria española de una cooperación constante. Si la defensa cotidiana de Ceuta y Melilla presupone que Rabat mantendrá siempre el mismo nivel de control, España entrega a la contraparte una palanca. La respuesta no debe ser militarizar permanentemente la vida civil, sino diseñar capacidades de absorción, identificación, protección de infraestructuras, vigilancia, barreras legales y logísticas, reservas de personal y mecanismos de refuerzo capaces de operar aun si la cooperación marroquí desaparece temporalmente.

La política española debería definir además una línea roja pública: cualquier intento de alterar unilateralmente la soberanía, la administración o la libertad de acceso a Ceuta y Melilla tendría consecuencias automáticas y graduadas en la relación bilateral. La previsibilidad fortalece la disuasión. Si Rabat conoce de antemano que determinadas conductas activarán respuestas económicas, diplomáticas, europeas y de seguridad, disminuye el margen para probar los límites españoles mediante hechos consumados.

4. MIGRACIÓN COMO VULNERABILIDAD ESTRATÉGICA Y POSIBLE INSTRUMENTO HÍBRIDO

La migración irregular es ante todo un fenómeno humano, económico y criminal complejo. Reducirla siempre a una operación estatal sería falso. Sin embargo, los Estados pueden instrumentalizar flujos que no han creado, modulando controles, información, transporte, readmisiones o vigilancia. La diferencia entre “causar” una migración y “utilizar” una presión migratoria existente es fundamental para el análisis híbrido.

El precedente de 2021 aporta evidencia institucional europea de instrumentalización. En 2026, en cambio, la atribución estatal sigue abierta. Esa diferencia debe conservarse. Lo que sí ha quedado probado es la eficacia estratégica de la variable migratoria: saturación inmediata de capacidades de acogida, presión sobre servicios, necesidad de movilizar Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, polarización política, conflicto competencial entre administraciones y rápida internacionalización del problema. Un adversario racional que busque presión de bajo coste observaría esos efectos independientemente de quién originara el episodio.

La respuesta española debe asumir que el control marroquí puede fallar por incapacidad, decisión política, crisis interna o sobrecarga. En todos los casos, el resultado en territorio español puede ser similar. Por ello, la resiliencia debe diseñarse sobre efectos y no únicamente sobre intenciones. Ceuta y Melilla necesitan modelos de contingencia capaces de pasar en pocas horas de normalidad a gestión de afluencias masivas sin colapso administrativo, con procedimientos legales preestablecidos, centros de recepción escalables, identificación biométrica, refuerzo policial, protección de menores, comunicación pública y traslado o retorno conforme a derecho.

A escala europea, España debe insistir en que una presión masiva sobre Ceuta o Melilla no es un asunto local. La Comisión ha confirmado que el acervo Schengen se aplica a todo el territorio español y que las fronteras de Ceuta y Melilla con Marruecos son fronteras exteriores de Schengen, aunque existan reglas especiales para movimientos hacia la Península. [S20] La respuesta europea de agosto de 2026 fue solidaria y ofreció financiación y apoyo de agencias, pero permaneció en el marco migratorio. Ese patrón confirma que la primera batalla diplomática española en una crisis híbrida sería la batalla de la definición: demostrar cuándo una emergencia migratoria pasa a ser coerción estatal contra un Estado miembro.

La respuesta no puede agotarse en ampliar plazas de acogida. Si una crisis híbrida produce decenas de miles de entradas y el resultado práctico es que la inmensa mayoría termina permaneciendo en España durante años, el mecanismo conserva valor coercitivo para quien quiera explotarlo. La resiliencia exige, por tanto, una segunda capacidad tan importante como el control fronterizo: identificar rápidamente quién tiene derecho a protección y ejecutar de manera efectiva el retorno de quien no lo tenga, con procedimientos individualizados, control judicial cuando corresponda y capacidad logística suficiente. [S33][S38]

5. RETORNO EFECTIVO, CONTROL DE PERMANENCIA Y REFORMA LEGISLATIVA

TESIS DE POLÍTICA PÚBLICA. Una entrada irregular, incluso cuando sea masiva, no debe crear por sí sola una expectativa de asentamiento. La respuesta española debe distinguir con rapidez entre quienes poseen un derecho legal a permanecer —incluidos los solicitantes de protección que superen el examen correspondiente— y quienes carecen de él. Para estos últimos, el objetivo administrativo ordinario debe ser el retorno efectivo. Si las normas españolas vigentes impiden ejecutar esa política con la rapidez necesaria en una crisis de Seguridad Nacional, deben ser reformadas por las Cortes Generales dentro de los límites constitucionales, europeos e internacionales.

La primera precisión es jurídica y política. El Parlamento español sí puede cambiar la Ley Orgánica 4/2000 y otras leyes estatales, y el Gobierno puede modificar reglamentos dentro de sus competencias. La legislación no es una realidad inmutable a la que el Estado deba resignarse cuando demuestra ser insuficiente. Sin embargo, una ley española no puede por sí sola dejar sin efecto la Constitución, el Derecho de la Unión Europea ni los tratados internacionales válidamente incorporados al ordenamiento. La Constitución reconoce derechos a todas las personas y dispone que los tratados publicados forman parte del Derecho interno; el Derecho europeo exige decisiones de retorno individualizadas y garantías de recurso. Por ello, la doctrina correcta no es “la ley lo impide y nada puede hacerse”, sino “reformar todo aquello que España puede reformar y promover en la UE o mediante los procedimientos internacionales los cambios adicionales que se consideren necesarios”. [S36][S38]

En las primeras veinticuatro a setenta y dos horas de una afluencia extraordinaria, el sistema debe orientarse a clasificación jurídica y ejecución, no a una acogida indefinida. Identificación biométrica, comprobación documental, determinación de nacionalidad, detección de necesidades médicas urgentes, examen inicial de protección internacional, identificación de posibles víctimas de trata, comprobación de edad cuando exista duda razonable y separación de expedientes familiares deben realizarse mediante equipos reforzados y turnos judiciales y administrativos de crisis. La prohibición europea de expulsiones colectivas no impide retornos numerosos; exige que exista un examen razonable y objetivo de cada caso. [S37][S38]

Para los adultos respecto de los cuales se determine que no existe título de estancia, protección internacional ni impedimento de devolución, la resolución debe conducir a una salida real. El Derecho español ya contempla denegación de entrada, devolución, expulsión, medidas cautelares e internamiento preventivo autorizado judicialmente, cuyo límite general nacional es de sesenta días. La Directiva europea de retorno permite a los Estados establecer periodos nacionales más amplios dentro de límites europeos cuando sean necesarios y proporcionados para preparar la expulsión. Una reforma española puede, por tanto, revisar plazos, medios y procedimientos, siempre con control judicial y sin convertir el internamiento en una pena. [S33][S38][S40]

El principio de ausencia de incentivo de permanencia debe expresarse con claridad. Mientras se tramita un expediente, España debe garantizar las condiciones mínimas que impiden un trato inhumano o degradante y la asistencia sanitaria urgente exigible, pero no existe una razón estratégica para convertir automáticamente una entrada irregular en acceso a programas discrecionales concebidos para integración permanente. La legislación puede diferenciar entre asistencia estrictamente temporal ligada a la tramitación y prestaciones o programas no obligatorios orientados al asentamiento. El mensaje institucional debe ser inequívoco: quien no posea derecho a permanecer será atendido durante el procedimiento porque España es un Estado de Derecho, pero esa atención no transforma su situación irregular en una vía de residencia. [S36][S38]

En el caso de menores extranjeros no acompañados, la nacionalidad no elimina las obligaciones de protección mientras se encuentren bajo jurisdicción española, pero tampoco impone como solución necesaria su permanencia definitiva. La normativa vigente ya permite iniciar la repatriación cuando el interés superior del menor se satisface mediante la reagrupación con su familia o su puesta a disposición de servicios de protección de su país de origen. El Reglamento establece además que el coste corresponde en primer término a la familia o a los servicios de protección del país de origen y sólo subsidiariamente al Estado español. La política de crisis debe activar desde el primer día la identificación familiar y consular, exigir información inmediata al país de origen y priorizar la reunificación familiar segura cuando resulte procedente. [S34][S35]

España debe revisar también los plazos aplicables a estos expedientes. El Reglamento vigente prevé un plazo máximo de seis meses para resolver el procedimiento de repatriación de un menor no acompañado y contempla la residencia cuando la repatriación resulte imposible, sin impedir una repatriación ulterior si favorece su interés superior. En una situación de entrada extraordinaria, ese diseño puede resultar demasiado lento para evitar que una medida inicialmente provisional se convierta de hecho en estructural. Una reforma normativa puede crear equipos estatales especializados, plazos internos mucho más breves para localización familiar y respuesta consular, interoperabilidad documental y procedimientos de urgencia; lo que no puede eliminarse es la valoración individual del interés superior del menor. [S34]

La cooperación del país de origen es un factor crítico. Marruecos debe ser requerido para identificar a sus nacionales, expedir documentación de viaje y aceptar las readmisiones que correspondan conforme a los instrumentos jurídicos aplicables. Si una crisis estuviera acompañada por una negativa deliberada y sistemática a cooperar, España debería elevar el problema inmediatamente al nivel de la Unión Europea y vincular la continuidad de determinadas ventajas políticas, financieras o de cooperación a una colaboración verificable en identificación y readmisión. Las competencias comerciales y muchas palancas financieras pertenecen a la UE, por lo que la presión más eficaz sería europea, no una colección improvisada de sanciones nacionales potencialmente autolesivas. [S13][S38]

La reforma legislativa propuesta debería contemplar un régimen extraordinario activable únicamente cuando una afluencia irregular sea declarada formalmente crisis de Seguridad Nacional: refuerzo automático de personal de extranjería y jueces de guardia; procedimientos abreviados compatibles con un recurso efectivo; utilización intensiva de formularios normalizados y traducción; mayor capacidad de internamiento especializado cuando exista riesgo de fuga y perspectiva razonable de expulsión; mecanismos acelerados de documentación consular; y financiación previamente reservada para transporte de retorno. La Directiva europea contiene incluso una previsión específica para situaciones en que un número excepcional de personas sometidas a retorno genere una carga imprevista sobre instalaciones o personal. La excepcionalidad, por tanto, puede regularse; lo que no puede hacerse es sustituir decisiones individualizadas por una expulsión indiscriminada. [S38][S40]

La utilización de coerción física no debe constituir el eje de esta política. Cuando exista una resolución firme o ejecutiva de salida y la persona se oponga materialmente a su ejecución, el Derecho europeo admite medidas coercitivas como último recurso, siempre proporcionadas, razonables y respetuosas con dignidad e integridad física. La contundencia estatal debe medirse por la capacidad de hacer cumplir legalmente una decisión, no por la dureza material del trato. Un sistema que identifica, resuelve y retorna en días o semanas es estratégicamente más disuasorio que otro que formula amenazas retóricas pero deja que los expedientes se acumulen durante años. [S40]

La conclusión de este capítulo es directa: una política migratoria compatible con la seguridad nacional debe mantener abiertas las vías de asilo y protección que España está obligada a respetar, pero debe cerrar la expectativa de que la entrada irregular sea, por sí misma, un mecanismo eficaz para obtener permanencia. La acogida de emergencia ha de ser temporal; la integración, reservada a quien obtenga derecho de residencia; la reunificación familiar de menores, activada desde el inicio cuando resulte segura; y el retorno de quien carezca de derecho a permanecer, ejecutado con capacidad administrativa, judicial, consular y logística suficiente. Cuando la ley nacional dificulte injustificadamente ese objetivo, la respuesta democrática es reformarla, no resignarse a su ineficacia.

6. INTELIGENCIA, INFLUENCIA, ESPIONAJE Y PENETRACIÓN INSTITUCIONAL: HECHOS, INDICIOS E HIPÓTESIS

La existencia de actividades de inteligencia extranjeras sobre España no es excepcional; todos los Estados con capacidad relevante recaban información. La cuestión estratégica aparece cuando esas actividades pretenden penetrar decisiones políticas, comprometer comunicaciones, influir en instituciones o moldear narrativas públicas. Respecto a Marruecos existe suficiente material público para justificar una política de contrainteligencia reforzada, pero no para convertir cada acusación difundida en los medios en un hecho estatal demostrado.

El caso Pegasus es el ejemplo más sensible. El Parlamento Europeo documentó que los teléfonos del presidente Pedro Sánchez, la ministra de Defensa Margarita Robles y el ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska fueron infectados, y recogió informaciones que señalaban a Marruecos como posible responsable. El mismo informe subrayó que la autoría no había sido confirmada en esos casos concretos. También sostuvo que existían fuertes indicios de operaciones marroquíes de spyware contra ciudadanos europeos de alto perfil. Esto justifica mantener una hipótesis de inteligencia sobre interés y capacidad marroquí de penetrar comunicaciones españolas, pero no autoriza a afirmar como probado que Rabat ordenó las intrusiones a los miembros del Gobierno. [S17]

El Parlamento Europeo expresó asimismo en 2023 profunda preocupación por alegaciones de corrupción de eurodiputados relacionadas con Marruecos y adoptó medidas y resoluciones sobre injerencia extranjera. La existencia de investigaciones y preocupación institucional es un hecho; la culpabilidad individual o la existencia de una estructura estatal concreta requiere decisiones judiciales o evidencia adicional. [S21][S22] Para España, la lección es preventiva: reforzar transparencia de financiación, registros de intereses, control de intermediarios, protección de información sensible y trazabilidad de relaciones económicas de personas con acceso a decisiones de seguridad nacional.

Las acusaciones sobre compra de medios o periodistas españoles deben tratarse con idéntico rigor. Puede existir influencia legítima mediante publicidad, relaciones públicas, diplomacia pública o propiedad empresarial; puede existir propaganda; y puede existir financiación clandestina ilícita. Son fenómenos jurídicamente distintos. El Estado debería identificar beneficiarios finales de sociedades, reforzar obligaciones de transparencia de financiación extranjera en medios y organizaciones de influencia, auditar conflictos de interés en asuntos estratégicos y perseguir únicamente conductas tipificadas. La respuesta correcta a la sospecha de influencia no es censura, sino transparencia radical.

En contrainteligencia, España debe pasar de un modelo reactivo a uno de reducción sistemática de superficie de ataque. Comunicaciones de altos cargos, dispositivos personales, proveedores tecnológicos, viajes, relaciones empresariales, personal con acceso a información clasificada, contratación pública sensible y campañas de desinformación requieren un enfoque integrado. Una relación diplomática buena no justifica rebajar controles; precisamente los socios con acceso más intenso disponen de más oportunidades de inteligencia.

7. NARCOTRÁFICO Y CRIMEN ORGANIZADO: AMENAZA TRANSNACIONAL, NO PRUEBA AUTOMÁTICA DE POLÍTICA DE ESTADO

Marruecos continúa siendo el mayor proveedor de resina de cannabis al mercado europeo y España constituye una de las principales puertas de entrada y tránsito. La Agencia de la Unión Europea sobre Drogas señala que la mayor parte de la resina disponible en Europa procede de Marruecos y entra en la región a través de España; también identifica violencia, corrupción y explotación de estructuras empresariales legales como facilitadores de las redes criminales del mercado de cannabis. [S23][S24]

Esta realidad tiene consecuencias estratégicas para España: presión sobre Guardia Civil, Policía Nacional, Aduanas, puertos y costas; corrupción local; blanqueo de capitales; capacidad de redes criminales para adquirir embarcaciones de alta velocidad, comunicaciones cifradas y armamento; y erosión de la autoridad del Estado en determinadas zonas. El vínculo geográfico con Marruecos es claro. Lo que no puede inferirse automáticamente es que el Estado marroquí dirija el narcotráfico. Confundir crimen organizado originado o facilitado por condiciones en Marruecos con política oficial marroquí sería metodológicamente defectuoso.

La respuesta española debe separar cooperación policial con Marruecos de evaluación estratégica. Madrid puede reconocer operaciones conjuntas útiles y, al mismo tiempo, exigir resultados verificables, intercambio de inteligencia, control de costas, investigación patrimonial y cooperación judicial. La dependencia de la cooperación marroquí no debe impedir desarrollar capacidades españolas autónomas: vigilancia marítima persistente, integración de sensores, análisis financiero, inteligencia sobre redes logísticas y presión sobre infraestructura de blanqueo dentro de España y la UE.

Un escenario híbrido agravado surgiría si redes criminales fuesen toleradas selectivamente o utilizadas para incrementar presión sin vínculo estatal fácilmente atribuible. Ese escenario debe analizarse como hipótesis, no como hecho. Los indicadores serían cambios abruptos en patrones de salida, coincidencia temporal con crisis diplomáticas, disminución selectiva de interdicciones, inteligencia humana convergente y coordinación entre redes normalmente competidoras. Sin esos elementos, la explicación principal debe seguir siendo crimen organizado con fines económicos.

8. REARME MARROQUÍ Y TRANSFORMACIÓN DEL EQUILIBRIO MILITAR REGIONAL

Marruecos está modernizando sus Fuerzas Armadas a un ritmo que altera gradualmente el entorno estratégico del Estrecho y del Magreb. La cooperación estadounidense incluye F-16 Block 72, helicópteros Apache AH-64E, HIMARS, misiles antibuque Harpoon, armas aire-aire AIM-9X, JSOW, radares y sistemas de comunicaciones. El valor de los casos activos de ventas gobierno a gobierno de Estados Unidos citado por el Departamento de Estado supera los 8.500 millones de dólares. [S04]

El elemento más importante no es una plataforma concreta, sino la transición desde unas fuerzas centradas en defensa territorial y el Sáhara hacia capacidades más integradas de precisión, inteligencia, vigilancia, defensa aérea, ataque a distancia, movilidad y mando y control. African Lion 26 entrenó operaciones sincronizadas en dominios terrestre, aéreo, marítimo, cibernético y espacial. La utilidad principal de esos ejercicios es interoperabilidad con Estados Unidos y socios, pero el efecto colateral es elevar la competencia profesional y tecnológica de las Fuerzas Armadas Reales. [S05]

La relación con Israel añade acceso a tecnologías de defensa, planificación, industria y sistemas no tripulados. En enero de 2026 Israel y Marruecos firmaron un plan militar conjunto anual en el marco de su Comité Militar Conjunto. El Instituto Español de Estudios Estratégicos ha señalado que Rabat mantuvo y reforzó durante 2025 relaciones militares y de seguridad con Israel, con compras de armamento y transferencia tecnológica. [S08][S25]

El principal adversario de referencia para buena parte del rearme marroquí sigue siendo Argelia, y el Sáhara Occidental continúa absorbiendo atención, recursos y doctrina. España no debe convertir automáticamente toda adquisición marroquí en amenaza directa. Pero un planeamiento militar profesional nunca evalúa únicamente intenciones presentes. Las capacidades compradas para un conflicto pueden utilizarse en otro si cambia el contexto político. El Estado español debe actualizar de manera continua modelos de balance de fuerzas, tiempos de alerta, protección de infraestructuras y capacidad de refuerzo de Ceuta, Melilla y Canarias.

La conclusión militar no es que una guerra sea inminente. Es que el coste de cualquier error de cálculo futuro aumenta a medida que Marruecos dispone de mejores capacidades. La disuasión española depende de conservar superioridades claras en conciencia situacional, defensa aérea y marítima, logística, mando, inteligencia, guerra electrónica, protección de infraestructuras y capacidad de refuerzo, además de mantener alianzas creíbles.

9. EJE EXTERIOR: ESTADOS UNIDOS, ISRAEL Y LA POSICIÓN RELATIVA DE ESPAÑA

La relación España-Estados Unidos sigue teniendo fundamentos estructurales muy sólidos. El Convenio sobre Cooperación para la Defensa de 1988 y sus protocolos continúa regulando el uso estadounidense de instalaciones bajo plena soberanía española, y ambos países son aliados en la OTAN. Por tanto, hablar de ruptura española con Washington sería incorrecto. [S09]

Sin embargo, 2026 ha introducido una fricción política excepcional. España negó a Estados Unidos el uso de Rota y Morón para operaciones vinculadas a la guerra de Irán, decisión confirmada por el propio presidente del Gobierno. En julio, el presidente estadounidense amenazó con paralizar el comercio con España por discrepancias sobre gasto de defensa y la posición española ante Irán, aunque posteriormente moderó parte de su retórica. Estas tensiones no destruyen la alianza, pero reducen la comodidad política con la que Madrid podría contar en una crisis simultánea con un socio norteafricano importante para Washington. [S06][S07]

Marruecos, en cambio, mantiene con Estados Unidos un vínculo militar de largo plazo, estatus de Major Non-NATO Ally y entrenamiento anual a gran escala. Washington también reconoce la importancia marroquí en seguridad africana y magrebí. Una crisis España-Marruecos plantearía por tanto una situación distinta de una agresión de un adversario declarado de la OTAN: Estados Unidos tendría fuertes incentivos para apoyar la integridad de un aliado formal, pero también para preservar su asociación con Rabat y evitar una guerra regional. La hipótesis más prudente para España no es “Estados Unidos elegirá a Marruecos”, sino “Estados Unidos intentará controlar la escalada y su apoyo político o militar concreto dependerá del grado de atribución, del iniciador y de la claridad jurídica de la agresión”.

Con Israel la divergencia actual es más profunda. España retiró permanentemente a su embajador en marzo de 2026 en un contexto de deterioro por Gaza, Palestina e Irán. Marruecos, por el contrario, conserva y amplía cooperación militar israelí. Esta geometría puede traducirse en ventaja tecnológica y de interlocución para Rabat, pero no prueba una política israelí anti-española. La respuesta española sensata sería reconstruir canales de seguridad con Israel en aquellos ámbitos compatibles con la política exterior española y evitar que desacuerdos políticos eliminen interlocución estratégica de crisis. [S08][S26]

La conclusión de este capítulo es de autonomía estratégica: España no debe basar la defensa de su territorio en la expectativa psicológica de que Washington resolverá el problema. Debe llegar a cualquier consulta aliada habiendo contenido ya la crisis, con atribución sólida, iniciativa diplomática y una posición militar estable. Las alianzas multiplican poder; no sustituyen capacidad nacional.

10. CANARIAS, FACHADA ATLÁNTICA, SÁHARA OCCIDENTAL Y RIF

Canarias debe ocupar un lugar central en el análisis por razones geográficas, marítimas, económicas, militares y energéticas. No existe base suficiente para equiparar su situación a la reivindicación oficial marroquí sobre Ceuta y Melilla. La cuestión verificable es la existencia de intereses y negociaciones sobre delimitación de espacios marítimos en la fachada atlántica, reactivadas en 2022, con participación e interés directo del Gobierno de Canarias. [S27] En un informe serio, esta distinción es esencial: inflar una reclamación no demostrada debilitaría los argumentos que sí están probados.

El Sáhara Occidental es el núcleo estratégico de la política exterior marroquí. En 2022 España pasó a describir la propuesta marroquí de autonomía como la base más seria, creíble y realista para resolver el conflicto, manteniendo formalmente que la solución debe producirse en el marco de Naciones Unidas y ser mutuamente aceptable. [S28] Para Rabat, el apoyo internacional a su posición sobre el Sáhara es un objetivo de Estado. Para España, la decisión de 2022 produjo beneficios en la normalización bilateral pero también costes con Argelia y controversia interna. Cualquier uso futuro de la cuestión saharaui como instrumento de presión debe valorar esos efectos cruzados.

Si Marruecos ejerciera coerción grave contra territorio español, España dispondría de opciones políticas legítimas respecto al Sáhara sin necesidad de recurrir a operaciones clandestinas: volver a una posición estrictamente neutral centrada en autodeterminación bajo Naciones Unidas; elevar el apoyo diplomático al proceso de la ONU; aumentar asistencia humanitaria a refugiados saharauis; reforzar relaciones con Argelia; revisar en el marco europeo la aplicación territorial de acuerdos y recursos; y someter la política española de 2022 a una reconsideración explícita. Estas medidas representarían un coste político real para Rabat y se mantendrían dentro de instrumentos estatales abiertos.

El Rif constituye una cuestión diferente. El movimiento Hirak y la situación de figuras como Nasser Zefzafi han generado condenas y preocupación del Parlamento Europeo, que ha reclamado liberaciones y respeto de derechos. [S22] España puede legítimamente apoyar derechos humanos, libertades civiles, identidad cultural, asociaciones legales, investigación académica y escrutinio europeo sobre el Rif. Puede recibir a disidentes conforme a derecho y facilitar que sus demandas pacíficas tengan voz. Lo que no debería hacer es financiar clandestinamente una insurgencia, suministrar armas o diseñar sabotaje interno: además de ilegal, convertiría a España en el tipo de actor desestabilizador que este informe pretende contener.

Una eventual modificación española hacia el reconocimiento político de una reivindicación independentista rifeña sería una escalada diplomática extrema y tendría que ser evaluada por legalidad, legitimidad, representatividad real del movimiento, reacción marroquí, impacto en ciudadanos españoles y precedentes internacionales. Puede estudiarse como escenario prospectivo de presión máxima, pero no debe confundirse con una recomendación automática. La mejor palanca es la condicionalidad política y europea, no la guerra por terceros.

11. INTERDEPENDENCIA ECONÓMICA, ENERGÉTICA Y COMERCIAL: PODER Y VULNERABILIDAD

La relación económica es una de las mayores fortalezas y a la vez una de las principales restricciones españolas. La UE es el mayor socio comercial e inversor extranjero de Marruecos. En 2025 el comercio bilateral de bienes UE-Marruecos alcanzó 62.200 millones de euros. España es desde hace años el principal socio comercial de Marruecos; Exteriores registró en 2024 un volumen bilateral superior a 22.600 millones de euros, con más de 6.000 empresas españolas exportadoras regulares y centenares de filiales o participaciones. [S13][S18]

Esta estructura ofrece a España un poder potencial muy superior al que posee en la esfera puramente bilateral si consigue europeizar cualquier paquete coercitivo. Medidas nacionales aisladas pueden desviarse a Francia, Italia u otros mercados; medidas europeas coordinadas afectan acceso a mercado, inversión, financiación, visados, contratación y cadenas de suministro. La primera recomendación económica es por tanto política: preparar de antemano con Bruselas un menú de sanciones o restricciones activables ante coerción grave o agresión, evitando comenzar la negociación europea cuando la crisis ya esté en marcha.

En electricidad existen dos líneas de 400 kV que conectan Tarifa y Fardioua. Red Eléctrica publica capacidades máximas de intercambio que permiten exportación desde España hacia Marruecos y también importación en sentido contrario. Datos de 2025 muestran meses con saldo claramente exportador español hacia Marruecos. [S14][S15] La interconexión es por tanto una palanca tangible, pero también una infraestructura compartida y regulada. Suspender flujos por razones políticas exigiría base jurídica, evaluación de contratos, coordinación de operadores y análisis de repercusiones sobre precios y credibilidad regulatoria.

En gas, la conexión de Tarifa del gasoducto Magreb-Europa dejó de importar gas argelino a través de Marruecos en 2021 y fue habilitada para flujo inverso desde España a Marruecos. El plan preventivo del sistema gasista español 2023-2026 recoge una capacidad de exportación de 32 GWh/día y el inicio de flujos en junio de 2022. [S16] Esta situación significa que “cortar el gas a Marruecos” no equivale a cerrar una dependencia española crítica de gas marroquí; en determinadas condiciones, España es plataforma de suministro hacia Marruecos. Aun así, cualquier suspensión debe ser entendida como medida coercitiva grave con efectos contractuales y diplomáticos.

La estrategia económica propuesta se organiza por escalones. En una crisis limitada: revisión de financiación pública, licencias sensibles y cooperación no esencial. En coerción híbrida atribuida: restricciones de visados a responsables, auditorías de inversiones, controles reforzados, congelación de nuevos proyectos estratégicos y petición de medidas europeas. En agresión armada: suspensión de cooperación económica no humanitaria, sanciones financieras, restricciones tecnológicas, revisión de interconexiones y movilización de instrumentos comerciales de la UE. La regla es maximizar el coste para las élites y capacidades estatales responsables minimizando el daño a población civil española y marroquí.

Una política de “cortar todo” desde el primer día sería poco profesional. La coerción eficaz necesita reversibilidad, graduación y señalización: cada escalón debe poder levantarse si cesa la conducta hostil y debe reservar medidas superiores para impedir que el adversario crea que España ya ha agotado todas sus herramientas.

12. UNIÓN EUROPEA: SOLIDARIDAD JURÍDICA, AMBIGÜEDAD POLÍTICA Y PROBLEMA DEL TIEMPO DE REACCIÓN

La hipótesis de que España podría sentirse sola durante la fase inicial de una crisis es plausible, pero debe formularse con precisión. La UE no carece de obligaciones de solidaridad. El artículo 42.7 del Tratado de la Unión Europea establece que, si un Estado miembro es víctima de agresión armada en su territorio, los demás tienen obligación de prestarle ayuda y asistencia por todos los medios a su alcance, conforme al artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas. [S10] Esta obligación es jurídicamente más fuerte que una declaración política de apoyo.

El problema reside en la operacionalización. Francia invocó el artículo 42.7 tras los atentados de París de 2015 y recibió respaldo unánime, pero la asistencia se organizó bilateralmente entre Estados, no mediante un mecanismo automático comparable a una estructura militar permanente de la UE. [S11] En una crisis convencional clara contra España, el apoyo político europeo sería previsiblemente alto, pero la forma, velocidad y volumen de la contribución militar variarían entre capitales.

En una crisis híbrida el riesgo de ambigüedad aumenta. La reunión extraordinaria de ministros de Interior del 4 de agosto de 2026 manifestó solidaridad unánime con España y disposición a proteger las fronteras exteriores, pero el marco dominante fue migración ilegal, retornos, lucha contra redes de tráfico y apoyo de agencias. [S12] La Comisión siguió trabajando simultáneamente con España y Marruecos. Para Rabat, si pretendiera ejercer presión sin desencadenar una reacción europea dura, la zona gris entre emergencia migratoria y agresión estatal sería racionalmente atractiva.

Los intereses europeos en Marruecos también moderan incentivos. Comercio, inversión, cooperación migratoria, lucha antiterrorista, cadenas industriales, energía y estabilidad del Mediterráneo occidental llevan a varios Estados a preferir negociación y desescalada. En una disputa donde la atribución fuese controvertida, algunos socios podrían priorizar restablecer cooperación con Rabat antes que imponer sanciones severas. Esa conducta no implicaría necesariamente deslealtad a España; reflejaría intereses nacionales divergentes.

La contramedida española debe ser preventiva. Madrid necesita transformar la defensa de Ceuta y Melilla en una cuestión europea antes de la próxima crisis: ejercicios políticos de gestión de crisis, escenarios en el Consejo, protocolos de Frontex y Europol, acuerdos sobre atribución híbrida, mecanismos de financiación de emergencia y definición previa de umbrales para sanciones. España debe evitar que, cuando llegue una crisis, cada capital europea esté decidiendo por primera vez qué significan Ceuta y Melilla para su propia seguridad.

13. OTAN Y ESTADOS UNIDOS: GARANTÍAS REALES, ZONAS GRISES Y LÍMITES

El artículo 5 del Tratado del Atlántico Norte establece que un ataque armado contra una parte será considerado ataque contra todas y que cada aliado adoptará las medidas que juzgue necesarias, incluido el empleo de fuerza armada. El artículo 6 define el ámbito geográfico relevante e incluye territorios de las partes en Europa o Norteamérica, Turquía, islas bajo jurisdicción aliada en el Atlántico Norte al norte del Trópico de Cáncer, y fuerzas, buques o aeronaves en el Mediterráneo. [S29]

Canarias se encuentra al norte del Trópico de Cáncer y encaja con claridad en la referencia insular del artículo 6. Ceuta y Melilla presentan una cuestión interpretativa más discutida porque están geográficamente en África aunque sean territorio español y europeo. La prudencia estratégica exige no descansar en una lectura automática. España debería buscar una clarificación política aliada inequívoca de que una agresión contra cualquiera de sus territorios soberanos sería tratada como una amenaza a la seguridad de la Alianza, además de utilizar el artículo 4 para consultas ante amenazas previas.

Incluso dentro del artículo 5, la respuesta no está preprogramada de forma idéntica para todos los aliados; cada Estado adopta las medidas que considere necesarias. La fortaleza de la OTAN reside en la expectativa política de respuesta colectiva y en la integración militar, no en un algoritmo jurídico. Por ello, la credibilidad española se beneficiaría de ejercicios aliados en el flanco sur, presencia y visitas de fuerzas aliadas, planificación de contingencia, interoperabilidad y comunicación política previa.

La relación estadounidense con Marruecos no anula las obligaciones aliadas con España, pero sí refuerza la probabilidad de una intensa presión de Washington para detener rápidamente cualquier escalada. España debe prepararse para que su aliado principal actúe simultáneamente como aliado de Madrid y socio estratégico de Rabat. La mejor posición española sería llegar a esa mediación sin territorio perdido, sin dependencia logística crítica y con una atribución internacionalmente convincente de quién inició la agresión.

14. ESCENARIOS 2026–2035: DE LA COOPERACIÓN TENSA AL CONFLICTO ARMADO

El propósito de los escenarios no es adivinar el futuro, sino impedir que el Estado sea sorprendido por futuros plausibles. Se han definido seis niveles de escalada. Ninguno implica que Marruecos tenga hoy decidido ejecutarlo. Cada nivel combina objetivos posibles, señales de alerta y respuesta española recomendada a nivel estratégico, sin detallar procedimientos tácticos de ataque.

Nivel

Descripción

Objetivo posible de Rabat

Indicadores

Respuesta española

0

Cooperación competitiva

Maximizar influencia sin crisis abierta

Acuerdos, rearme, presión diplomática normal

Reciprocidad, vigilancia, reducción de dependencias

1

Presión política/económica

Obtener concesiones en Sáhara, fronteras o agenda bilateral

Retórica territorial, trabas aduaneras, campañas diplomáticas

Respuesta diplomática coordinada, UE, medidas económicas limitadas

2

Coerción híbrida ambigua

Generar costes internos sin asumir autoría clara

Afluencias anómalas, desinformación, ciberincidentes, incidentes marítimos

Atribución, resiliencia, contrainteligencia, Frontex/UE, sanciones selectivas

3

Crisis territorial controlada

Forzar negociación bajo presión

Movilización visible, incidentes fronterizos repetidos, restricciones de acceso

Refuerzo defensivo, Art. 4 OTAN, 42.7 preparado, aislamiento diplomático

4

Incidente armado limitado

Crear hecho consumado local o medir voluntad española

Cambios de despliegue, alertas logísticas, ruptura cooperación militar/diplomática

Defensa inmediata, control del territorio, consultas aliadas, coerción económica amplia

5

Agresión convencional

Alterar soberanía por fuerza

Movilización amplia, preparación sostenida, ruptura diplomática y señales militares convergentes

Legítima defensa, movilización nacional, asistencia UE/OTAN, objetivo de restaurar integridad territorial

El escenario más peligroso para España no es necesariamente el nivel 5, porque una agresión convencional produciría atribución clara y aumentaría la probabilidad de apoyo europeo y aliado. Estratégicamente, los niveles 2 y 3 pueden ser más difíciles: presión suficiente para imponer costes, pero no tan clara como para generar unanimidad internacional. La prioridad española debe ser acortar la zona gris mediante mejores capacidades de atribución, umbrales políticos previamente definidos y respuestas automáticas proporcionadas.

Un escenario marroquí racional de presión, si llegara a diseñarse, tendería probablemente a comenzar por medidas negables o reversibles: endurecimiento diplomático, movilización de narrativas sobre soberanía, presión fronteriza o comercial, incidentes cuya autoría o intención sea discutible y demostraciones militares. Sólo después, si España mostrara desorganización o aislamiento, podría aumentar la coerción. Esta descripción es un modelo prospectivo de comportamiento estatal, no una afirmación de que exista un plan marroquí conocido ni un manual operativo de ataque.

15. ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE CONTRAMEDIDAS: POLÍTICA, INTELIGENCIA, ECONOMÍA, DIPLOMACIA Y RESILIENCIA

La respuesta española debe organizarse antes de la crisis mediante una “escalera nacional de reciprocidad”. Cada conducta hostil predefinida debe tener una familia de respuestas asociadas. Esto evita dos errores opuestos: la pasividad prolongada por miedo a escalar y la reacción desproporcionada improvisada que perjudique a España. El objetivo de la escalera no es castigar por castigar, sino modificar el cálculo coste-beneficio de Rabat.

En el plano político, España debería declarar de forma permanente que la soberanía de Ceuta y Melilla no es materia de negociación, que cualquier discrepancia marítima se resolverá exclusivamente conforme al derecho internacional y que la cooperación bilateral es condicionada a reciprocidad. Los grandes acuerdos económicos o migratorios deberían incluir mecanismos verificables de cumplimiento y cláusulas de revisión ante acciones unilaterales.

En inteligencia y contrainteligencia, se propone una célula permanente interministerial dedicada al Magreb occidental que integre inteligencia exterior, interior, ciberseguridad, crimen organizado, economía, energía, desinformación y protección de infraestructuras. La información debe compartirse con criterios de necesidad operativa y existir un cuadro de indicadores actualizado semanalmente en periodos normales y diariamente en crisis. La protección de comunicaciones de altos cargos debe considerarse un elemento de soberanía, no mera ciber higiene.

En el plano diplomático, España necesita reducir la bilateralización. Todo episodio de presión territorial debe ser presentado inmediatamente en Bruselas, principales capitales europeas y Washington con un paquete de pruebas, narrativa jurídica y solicitud concreta. La diplomacia de crisis no puede limitarse a pedir solidaridad genérica. Debe decir a los aliados qué se necesita: declaraciones, presencia, inteligencia, sanciones, Frontex, vigilancia marítima, cooperación cibernética o apoyo logístico.

En economía, el Estado debe elaborar un “mapa de coerción” clasificado que identifique dependencias marroquíes de España y la UE y vulnerabilidades españolas frente a represalias. Las medidas deben priorizar tecnología dual, financiación, visados oficiales, proyectos estratégicos y acceso a instrumentos europeos antes que restricciones indiscriminadas contra población o pequeñas empresas. Las interconexiones energéticas deben figurar como último escalón económico antes de una ruptura general, porque afectan credibilidad contractual y pueden generar represalias cruzadas.

En el plano social, el Estado debe evitar que una crisis con el Gobierno marroquí se transforme en confrontación con ciudadanos españoles de origen marroquí o con la comunidad marroquí residente en España. Esa fractura sería un multiplicador de vulnerabilidad. La respuesta a injerencia extranjera debe individualizar responsabilidades y proteger derechos constitucionales. Una potencia exterior obtiene ventaja si consigue que España confunda lealtad nacional con origen familiar o religión.

En el Sáhara y el Rif, las opciones legítimas deben formar parte del menú de presión política, pero con límites claros. España puede modificar posiciones diplomáticas, aumentar apoyo a procesos de Naciones Unidas, ampliar contacto con actores saharauis, condicionar acuerdos europeos y elevar la cuestión de derechos humanos en el Rif. No debería financiar clandestinamente violencia ni crear grupos armados. La superioridad estratégica de una democracia consiste también en poder ejercer presión mediante derecho, instituciones y alianzas sin adoptar métodos que deterioren su propia legitimidad.

16. DISUASIÓN Y DEFENSA MILITAR: EMPLEO LEGÍTIMO DE LA FUERZA Y LÍMITES DE UN INFORME ABIERTO

La Constitución española atribuye a las Fuerzas Armadas la misión de garantizar la soberanía e independencia de España y defender su integridad territorial. La Ley Orgánica de la Defensa Nacional reproduce esa misión y establece su contribución a la seguridad y defensa de España y de sus aliados. [S30][S31] Por tanto, un informe de seguridad sobre Ceuta, Melilla y Canarias que excluyera por principio el instrumento militar sería incompleto.

La fuerza, sin embargo, debe situarse dentro de una doctrina de defensa y disuasión. El objetivo no es diseñar operaciones ofensivas contra Marruecos, seleccionar blancos ni describir secuencias tácticas. El objetivo estratégico es que cualquier agresor sepa que España conservará el control de su territorio, protegerá a su población, reforzará sus posiciones, mantendrá libertad de navegación y comunicaciones, y ejercerá legítima defensa en la medida necesaria para detener una agresión y restaurar la integridad territorial.

La prioridad militar en Ceuta y Melilla es impedir un hecho consumado. La capacidad decisiva no es únicamente el número de efectivos presentes, sino la combinación de alerta temprana, protección aérea, vigilancia marítima, comunicaciones seguras, reservas logísticas, defensa de puertos y aeropuertos, movilidad de refuerzos, coordinación con Guardia Civil y Policía Nacional, redundancia energética y mando conjunto. La defensa debe poder continuar, aunque existan ciberataques, interferencias, desinformación y presión simultánea sobre infraestructura civil.

Canarias requiere una lógica de profundidad estratégica distinta: vigilancia del espacio aéreo y marítimo, protección de puertos y aeropuertos, seguridad de cables e infraestructuras, disponibilidad logística, capacidad de recepción de refuerzos y coordinación aliada. Su posición atlántica y su cobertura más clara dentro del artículo 6 de la OTAN reducen algunas ambigüedades jurídicas, pero no eliminan la necesidad de capacidad nacional inmediata.

La disuasión también depende de la voluntad política visible. Fuerzas capaces pero percibidas como políticamente inutilizables disuaden menos. España debería comunicar que utilizará todos los instrumentos legales necesarios para defender cualquier territorio soberano frente a agresión armada, sin amenazas grandilocuentes ni retórica preventiva de guerra. La firmeza más creíble es la que descansa en capacidades reales y reglas conocidas.

En un ataque armado inequívoco, la secuencia estratégica sería: contener y proteger población; asegurar mando y comunicaciones; evitar pérdida o aislamiento territorial; activar mecanismos nacionales de defensa; solicitar consultas y asistencia europea y aliada; documentar la agresión para legitimidad internacional; y emplear fuerza únicamente en la medida necesaria para detenerla y restaurar seguridad. Este informe no desarrolla blancos, rutas, volúmenes de fuego, vulnerabilidades técnicas de instalaciones ni procedimientos que pudieran funcionar como instrucciones operativas de ataque.

17. SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA E INDICADORES DE ESCALADA

El valor de la inteligencia estratégica reside menos en predecir la fecha de una crisis que en detectar cambios de patrón. España debería mantener un índice de alerta Marruecos con indicadores políticos, informativos, migratorios, económicos, policiales y militares. Ningún indicador aislado justificaría concluir que se prepara una agresión; la relevancia surge de la convergencia y de la ruptura con líneas base históricas.

Entre los indicadores políticos figurarían un aumento coordinado de reivindicaciones oficiales sobre Ceuta y Melilla, ruptura de canales bilaterales, retirada de embajadores, cancelación de reuniones, campañas diplomáticas internacionales o cambios en lenguaje de la monarquía. Entre los económicos: obstáculos selectivos a empresas españolas, aduanas, transportes o cooperación sectorial coincidentes con demandas políticas. Entre los migratorios: relajación abrupta de controles, concentración anormal de personas en áreas fronterizas, desinformación que anuncie aperturas o reducción simultánea de readmisiones.

En el dominio informativo, España debería observar narrativas sincronizadas que cuestionen legitimidad española, campañas dirigidas a polarizar Ceuta o Melilla, falsedades sobre actuaciones de fuerzas de seguridad y amplificación coordinada desde redes vinculadas a intereses estatales. En ciberseguridad, un incremento de reconocimiento de redes, phishing contra autoridades, intrusiones en operadores esenciales o campañas de filtraciones debería integrarse con el resto de indicadores, no estudiarse aisladamente.

En el ámbito militar, los cambios relevantes serían alteraciones sostenidas de despliegues, ejercicios no habituales próximos a áreas sensibles, aumento de preparación logística, actividad aérea o marítima anormal, modificaciones en permisos, reservas o comunicaciones y suspensión de mecanismos de enlace. La existencia de ejercicios por sí sola no constituye amenaza; el indicador es la combinación de escala, localización, duración, discurso político y otras señales de crisis.

La salida del sistema debería ser una escala sencilla de cinco colores o niveles, vinculada a decisiones previamente aprobadas. La inteligencia que no cambia decisiones es únicamente información. Cada nivel debe activar medidas concretas de coordinación, comunicación pública, protección de infraestructuras, presencia policial o militar, contactos con aliados y preparación económica.

18. RECOMENDACIONES PRIORITARIAS POR HORIZONTE TEMPORAL

En los primeros 90 días, España debería completar una revisión interministerial de la crisis de Ceuta, establecer una célula permanente de seguimiento del Magreb, actualizar planes de contingencia de Ceuta y Melilla, reforzar seguridad de comunicaciones de altos cargos, inventariar dependencias económicas y energéticas y abrir consultas discretas con UE y OTAN sobre escenarios híbridos en las ciudades. También debería establecer un protocolo de atribución pública para evitar declaraciones contradictorias entre ministerios durante una crisis.

En ese mismo horizonte debería aprobarse un paquete de ejecución de retornos para crisis extraordinarias: inventario nacional de plazas y transporte, equipos móviles de identificación, refuerzo temporal de oficinas de extranjería, turnos judiciales especializados, canal consular permanente con Marruecos y propuesta legislativa para revisar los plazos y medidas cautelares que hoy limiten la ejecución. Debe diferenciarse entre prestaciones mínimas jurídicamente exigibles durante la tramitación y programas discrecionales de integración, que no deberían activarse automáticamente para personas sometidas a una decisión ejecutiva de retorno. [S33][S38][S40]

En un horizonte de uno a dos años, la prioridad es resiliencia. Deben ampliarse capacidades de acogida temporal escalable, inteligencia fronteriza, protección de puertos y aeropuertos, redundancia de comunicaciones, vigilancia marítima y ciberdefensa. En paralelo, España debería promover ejercicios europeos de gestión de crisis en Ceuta y Melilla y lograr que el flanco sur tenga presencia constante en planificación aliada. La política económica debe reducir concentraciones de riesgo sin romper relaciones comerciales beneficiosas.

En un horizonte de tres a cinco años, España debe asegurar que la modernización militar marroquí no se traduzca en una disminución de la disuasión española. Esto exige inversión sostenida en conciencia situacional, defensa aérea y antimisil, sistemas no tripulados, guerra electrónica, capacidades navales, munición, logística, reserva estratégica y protección de infraestructuras. El criterio no es igualar plataforma por plataforma, sino conservar capacidad suficiente para negar cualquier hecho consumado y sostener una crisis hasta que los mecanismos aliados entren plenamente en funcionamiento.

En política exterior, Madrid debería reparar aquellas relaciones con Washington e Israel que puedan repararse sin abandonar posiciones propias, fortalecer simultáneamente la relación con Argelia y mantener interlocución profunda con Francia, Portugal, Italia, Alemania y las instituciones europeas. La autonomía estratégica no significa equidistancia, sino maximizar el número de actores con interés en que la soberanía española permanezca estable e incontestable.

La política sobre el Sáhara debe ser revisable, no rehén de una declaración pasada. Si Marruecos respeta soberanía y cooperación, España puede mantener la línea que considere compatible con Naciones Unidas y sus intereses. Si Rabat emplea presión grave contra territorio español, Madrid debe reservarse expresamente el derecho a reconsiderar su posición diplomática y todos los instrumentos europeos asociados. En el Rif, el apoyo español debe mantenerse dentro de derechos humanos, libertades políticas y sociedad civil pacífica.

La recomendación final es institucional: aprobar una Estrategia Nacional para el Magreb Occidental con horizonte decenal y consenso parlamentario suficiente para sobrevivir a alternancias de gobierno. Marruecos planifica a largo plazo. España no puede responder a una estrategia de décadas mediante improvisaciones de semanas.

19. CONCLUSIONES

Marruecos no es hoy un enemigo declarado de España y ninguna evidencia pública permite afirmar que haya decidido iniciar una guerra para conquistar territorio español. Esa constatación no reduce la necesidad de preparación. Marruecos mantiene reivindicaciones explícitas sobre Ceuta y Melilla, posee creciente capacidad militar, controla variables fronterizas capaces de producir crisis internas en España y desarrolla relaciones estratégicas profundas con actores centrales para la seguridad occidental. Estos hechos bastan para justificar una política española de disuasión y resiliencia mucho más exigente.

La crisis de Ceuta de 2026 ha revelado una vulnerabilidad que debería cerrar definitivamente una etapa conceptual: la frontera no puede tratarse solamente como asunto migratorio cuando un episodio simultáneo puede superar capacidades ordinarias y obligar a declarar una situación de interés para la Seguridad Nacional. La ausencia de prueba concluyente sobre planificación marroquí no elimina la lección. Un Estado debe prepararse tanto frente a una acción deliberada como frente a la retirada de cooperación de un vecino.

La mayor amenaza plausible no es una invasión convencional repentina. Es una acumulación de presiones situadas por debajo del umbral de guerra que vaya normalizando concesiones, dependencia, autocensura política o miedo a responder. La defensa de la soberanía comienza mucho antes de que aparezcan soldados en una frontera. Comienza en inteligencia, energía, economía, instituciones, ciberseguridad, diplomacia, cohesión social y capacidad de definir públicamente una agresión.

España posee más instrumentos de poder de los que a menudo utiliza. Es una economía avanzada, miembro de la UE y de la OTAN, controla infraestructuras estratégicas, tiene fuerzas armadas profesionales, capacidad diplomática y un mercado de enorme importancia para Marruecos cuando se integra en el poder regulatorio europeo. El problema no es ausencia de poder, sino necesidad de convertirlo en una estrategia coherente y previsible.

La Unión Europea probablemente respaldaría a España con claridad ante una agresión armada inequívoca, pero la fase híbrida puede generar una respuesta más lenta, técnica y ambigua. Por eso la hipótesis de trabajo debe ser exigente: España tiene que poder contener por sí misma la primera fase de una crisis. La ayuda europea y aliada debe llegar a una España que ya controla la situación, no a una España que espera que otros decidan si deben controlarla por ella.

En materia migratoria, la doctrina nacional debe ser igualmente inequívoca. La protección temporal de una persona que acaba de entrar no equivale a un derecho de residencia. España debe utilizar plenamente los instrumentos de devolución y expulsión ya existentes y reformar las leyes nacionales cuando la experiencia demuestre que sus plazos, capacidades o incentivos son inadecuados. Esa reforma puede endurecer y acelerar la ejecución dentro del margen que permite el ordenamiento europeo, pero no puede basarse en privar de alimentación, atención urgente o garantías básicas para forzar la salida. La fortaleza del Estado se demuestra haciendo cumplir resoluciones legales con rapidez, no creando condiciones incompatibles con sus propias obligaciones. [S33][S36][S38][S40]

El empleo de la fuerza debe permanecer disponible como último instrumento de defensa nacional. No para resolver disputas políticas, castigar retórica ni desestabilizar Marruecos, sino para cumplir la función constitucional de defender soberanía e integridad territorial ante una agresión armada. Una política que excluyera esa posibilidad de antemano reduciría su propia disuasión. Una política que recurriera prematuramente a ella destruiría la ventaja diplomática, económica y jurídica española. La estrategia correcta consiste en hacerla creíble y, precisamente por ello, menos necesaria.

La doctrina final puede formularse sin eufemismos: España debe cooperar con Marruecos siempre que la cooperación sea recíproca; debe responder a la presión con costes proporcionados; debe reducir cualquier dependencia que pueda convertirse en arma; debe llevar cada amenaza territorial al marco europeo y aliado antes de que se convierta en crisis; y debe mantener capacidad nacional suficiente para impedir cualquier hecho consumado. La soberanía no se negocia bajo coerción. La estabilidad no consiste en evitar toda fricción, sino en conseguir que ninguna contraparte considere rentable crearla.


 

Matriz resumida de certeza

Asunto

Valoración

Nivel de certeza

Reivindicación marroquí de Ceuta y Melilla

Explícita y reiterada

ALTA – hecho verificado

Reivindicación oficial de Canarias

No equiparable a Ceuta/Melilla; sí existen disputas/intereses marítimos

ALTA sobre distinción; BAJA para tesis de reclamación territorial oficial

Instrumentalización migratoria en 2021

Reconocida por el Parlamento Europeo

ALTA

Planificación estatal marroquí de crisis de Ceuta 2026

No demostrada públicamente a fecha de referencia

BAJA/ABIERTA

Pasividad o relajación marroquí durante la crisis 2026

Existencia de periodo crítico reconocida; interpretación discutida

MEDIA-ALTA

Marruecos autor de Pegasus contra Sánchez/Robles/Marlaska

Hipótesis señalada, no confirmada

MEDIA como hipótesis; NO probado

Injerencia/corrupción relacionada con Marruecos en instituciones UE

Alegaciones e investigaciones institucionalmente documentadas

MEDIA; depende de casos judiciales

Rearme marroquí

Amplio, sostenido y documentado

ALTA

Plan militar Marruecos-Israel 2026

Documentado públicamente

ALTA

Ruptura España-EE.UU.

No existe; sí fricción política severa en 2026

ALTA

Riesgo de respuesta UE lenta en crisis híbrida

Inferencia basada en estructura institucional e intereses

MEDIA-ALTA

Necesidad de capacidad española para primera fase de crisis

Recomendación de prudencia estratégica

ALTA como recomendación

Retorno como política para quien carece de derecho de permanencia

Legalmente disponible con garantías; ampliable mediante reforma nacional dentro de límites UE/constitucionales

ALTA – marco jurídico verificado


 

FUENTES Y REFERENCIAS PRINCIPALES

[S01] BOE. Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, situación de interés para la Seguridad Nacional en Ceuta. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-18149

[S02] Reuters, 3 sep 2026. Sánchez afirma que no existe evidencia concreta de que Marruecos organizara la entrada masiva en Ceuta. https://www.reuters.com/world/europe/spains-pm-sanchez-says-no-evidence-morocco-orchestrated-ceuta-border-surge-2026-09-03/

[S03] Parlamento Europeo, Resolución de 10 jun 2021 sobre la crisis migratoria de Ceuta y utilización de controles fronterizos/migración. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0289_EN.html

[S04] U.S. Department of State. U.S. Security Cooperation with Morocco. https://2021-2025.state.gov/u-s-security-cooperation-with-morocco/

[S05] U.S. AFRICOM, 11 may 2026. Historic African Lion 26 concludes. https://www.africom.mil/article/36524

[S06] Reuters, 8 jul 2026. Trump orders halt to US trade with Spain over NATO spending, Iran. https://www.reuters.com/world/trump-says-he-ordered-cutting-off-all-trade-with-spain-2026-07-08/

[S07] La Moncloa, 25 mar 2026. Comparecencia sobre la guerra en Oriente Próximo y negativa de uso de Rota/Morón. https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/intervenciones/Paginas/2026/20260325-transcripcion-pg-congreso-guerra-iran.aspx

[S08] The Times of Israel, 5 ene 2026. Israel and Morocco sign joint military work plan for 2026. https://www.timesofisrael.com/liveblog_entry/israel-morocco-sign-joint-military-plan-marking-5-years-since-normalization-of-ties/

[S09] Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Relaciones España–EE.UU. y Convenio de Cooperación para la Defensa. https://www.exteriores.gob.es/Embajadas/washington/es/Embajada/Paginas/Relaciones-Espana-EEUU.aspx

[S10] EUR-Lex. Mutual defence clause — artículo 42(7) TUE. https://eur-lex.europa.eu/EN/legal-content/glossary/mutual-defence-clause.htm

[S11] Consejo de la UE, 17 nov 2015. Invocación francesa del artículo 42.7. https://www.consilium.europa.eu/es/meetings/fac/2015/11/16-17/

[S12] Consejo de la UE, 4 ago 2026. Videoconferencia de ministros de Interior sobre Ceuta. https://www.consilium.europa.eu/es/meetings/jha/2026/08/04/

[S13] Comisión Europea, DG Trade. EU trade relations with Morocco — datos 2025. https://policy.trade.ec.europa.eu/eu-trade-relationships-country-and-region/countries-and-regions/morocco_en

[S14] Red Eléctrica. Interconexiones internacionales España–Marruecos. https://www.ree.es/es/transicion-ecologica/interconexiones

[S15] Red Eléctrica, Boletín mensual de energía eléctrica, octubre 2025. https://www.ree.es/sites/default/files/publication/2025/11/downloadable/boletin-mensual-octubre-2025.pdf

[S16] MITECO. Plan de Acción Preventivo del sistema gasista español 2023–2026. https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/energia/files-1/_layouts/15/Propuesta%20de%20Plan%20de%20Acci%C3%B3n%20Preventivo-67413.pdf

[S17] Parlamento Europeo. Informe PEGA sobre Pegasus y programas espía equivalentes, 2023. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-9-2023-0189_ES.html

[S18] Ministerio de Asuntos Exteriores de España, 2025. Relaciones y comercio España–Marruecos. https://www.exteriores.gob.es/eu/Comunicacion/NotasPrensa/Paginas/2025_NOTAS_P/Albares-recibe-a-su-homologo-marroqui-Nasser-Bourita-para-hacer-un-repaso-del-excelente-estado-de-la-relacion-bilateral.aspx

[S19] Reuters, 12 ago 2026. Spain rejects discussing sovereignty of Ceuta and Melilla with Morocco. https://www.reuters.com/world/africa/spain-rejects-discussing-sovereignty-enclaves-with-morocco-2026-08-12/

[S20] Comisión Europea, respuesta parlamentaria 17 may 2022: Schengen y fronteras exteriores de Ceuta y Melilla. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/E-9-2022-000911-ASW_EN.html

[S21] Parlamento Europeo. Procedimiento sobre alegaciones de corrupción e injerencia, incluidas relacionadas con Marruecos, 2023. https://oeil.europarl.europa.eu/oeil/en/procedure-file?reference=2023%2F2527%28RSP%29

[S22] Parlamento Europeo, Resolución de 19 ene 2023 sobre periodistas en Marruecos y caso Omar Radi. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2023-01-19_EN.html

[S23] EUDA. EU Drug Market: Cannabis — trafficking and supply. https://www.euda.europa.eu/publications/eu-drug-markets/cannabis/trafficking-and-supply_en

[S24] EUDA. EU Drug Market: Cannabis — key findings and threat assessment. https://www.euda.europa.eu/publications/eu-drug-markets/cannabis/key-findings-and-threat-assessment_en

[S25] Instituto Español de Estudios Estratégicos, 2026. The Maghreb in 2025. https://www.defensa.gob.es/documents/2073105/4098013/ieee-2026-maghreb-2025-navigating-changes-analysis48.pdf/5dd9862e-6335-4587-49c0-1ad9eb24a007?t=1780991034671

[S26] Reuters, 11 mar 2026. Spain permanently withdraws ambassador as rift with Israel deepens. https://www.reuters.com/world/middle-east/spain-removes-ambassador-israel-2026-03-11/

[S27] La Moncloa, 8 jun 2022. Reactivación del grupo de delimitación de espacios marítimos en la fachada atlántica y participación canaria. https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/intervenciones/paginas/2022/prsp08062022.aspx

[S28] La Moncloa, 30 mar 2022. Posición española sobre el Sáhara Occidental y propuesta marroquí de autonomía. https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/intervenciones/paginas/2022/prsp30032022.aspx

[S29] OTAN. Tratado del Atlántico Norte, artículos 4, 5 y 6. https://www.nato.int/en/about-us/official-texts-and-resources/official-texts/1949/04/04/the-north-atlantic-treaty?selectedLocale=es

[S30] BOE. Constitución Española, artículo 8. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

[S31] BOE. Ley Orgánica 5/2005, de la Defensa Nacional, artículo 15. https://www.boe.es/eli/es/lo/2005/11/17/5/con

[S32] Marruecos–España, Declaración conjunta de la XIII Reunión de Alto Nivel, 4 dic 2025. https://diplomatie.ma/es/xiii%C2%A0reunion%C2%A0de%C2%A0alto%C2%A0nivel%C2%A0marruecos-espa%C3%B1a-declaraci%C3%B3n%C2%A0conjunta

[S33] BOE. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (texto consolidado; devolución, expulsión, medidas cautelares e internamiento). https://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4/con

[S34] BOE. Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000; arts. 165–172 sobre menores extranjeros no acompañados, repatriación y residencia. https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155

[S35] BOE. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor; arts. 1 y 2 sobre ámbito de aplicación e interés superior del menor. https://www.boe.es/eli/es/lo/1996/01/15/1/con

[S36] BOE. Constitución Española; arts. 13, 15, 24 y 96 sobre extranjeros, integridad, tutela judicial y tratados internacionales. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

[S37] Consejo de Europa / TEDH. Protocolo nº 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, art. 4: prohibición de expulsiones colectivas y exigencia de examen individual. https://www.coe.int/en/web/echr-toolkit/protocole-4

[S38] EUR-Lex. Directiva 2008/115/CE, de 16 de diciembre de 2008, sobre normas y procedimientos comunes para el retorno de nacionales de terceros países en situación irregular. https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2008/115/oj?locale=es

[S39] BOE. Real Decreto 1155/2024 y normativa de extranjería vigente: procedimientos de retorno y documentación; referencia complementaria para aplicación administrativa. https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155

[S40] EUR-Lex. Directiva 2008/115/CE, arts. 8, 15, 17 y 18: ejecución de expulsión, medidas coercitivas proporcionadas, internamiento y situaciones de emergencia. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32008L0115

Nota metodológica final. La valoración de riesgos y el marco jurídico se han cerrado con información pública disponible a 7 de septiembre de 2026. Las propuestas legislativas de este informe distinguen entre cambios que pueden aprobar las Cortes Generales, reformas reglamentarias del Gobierno y límites derivados de la Constitución, el Derecho de la Unión Europea y tratados internacionales. En cuestiones en investigación judicial o de inteligencia, la ausencia de prueba concluyente se mantiene expresamente diferenciada de la hipótesis prospectiva.

" SI QUIERES LA PAZ PREPÁRATE PARA LA GUERRA"

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